La Notaria Pública Daniela Alvarado Sandí hace constar que, mediante la escritura pública número 29-4 otorgada a las 15 horas con 30 minutos del 13 de agosto del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la sociedad TRES- CIENTO UNO- NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de…
La Gaceta publica un aviso que reproduce un asiento inscrito en una notaría.
El 03 de julio del 2026, a las 10, ante la notaría de la Lic. La presentación consta mediante la escritura 103, visible al folio 83 frente del tomo 13. El texto indica que la incorporación se solicita “conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.”
El acto notarial se fecha a las "15 horas del 06 de julio del 2026" y la constancia localiza además "Dominical, Osa, Puntarenas a las 11 horas 20 minutos del 07 de julio del 2026." La autorización notarial aparece con la firma o mención de la "Licda. Rosario Araya Arroyo.
Ante la Notaría Pública de Naranjo se protocolizó el acta de la asamblea general de cuotistas de la sociedad Grupo Umaña ConsultoRIAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, mediante escritura número ciento diecisiete, visible en el folio ciento ochenta y seis del tomo cincuenta y dos. En esa acta, la totalidad de los socios acuerdan disolver la sociedad y…
Por escritura otorgada ante el Notario Público Eric Scharf Taitelbaum, a las quince horas, del día tres de julio de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad COLORQUIM AC S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos treinta y un mil quinientos veinticinco, en la cual se…
La publicación registra que, por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Adrian Ceciliano Altamirano (CARNE 21623), a las once horas del siete de julio del dos mil veintiséis, se protocolizó un acta relacionada con la sociedad LA SANACION COMPASIVA LIMITADA. El texto dice literalmente: “mediante la cual se acuerda la disolución de dicha sociedad.” La…
El documento registra que, mediante una escritura otorgada el día siete de julio de dos mil veintiséis a las nueve horas con treinta minutos, se protocolizó el acta de una Asamblea de Cuotistas de la sociedad ISLAS PERDIDAS, LIMITADA. En esa asamblea se acordó reformar la cláusula del contrato social que se refiere a la administración de la sociedad y…
La evidencia oficial registrada en La Gaceta indica que, por escritura número DIECISIETE, el notario José Juan Sánchez Chavarría protocolizó el acta de Asamblea número DOS de la sociedad que en el documento aparece como “TRES- CIENTO DOS- NUEVE CINCO SEIS SEIS SEIS NUEVE LIMITADA”. En el acta constó el acuerdo literal: “se acuerda disolver la presente…
Se informa que ante una Notaría se tramitó el proceso de liquidación de la sociedad ROSEQ DEL VALLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres- ciento dos – ciento nueve mil seiscientos setenta y nueve. En ese trámite, el liquidador, señor ÁLVARO ROSABAL SEQUEIRA, portador de la cédula de identidad número uno – cero ochocientos cuarenta y…
La publicación oficial en La Gaceta registra que, mediante escritura número DIECISIEIS y la protocolización del acta de Asamblea número TRES, “se acuerda disolver la presente sociedad”. El suscriptor que firma el registro es José Juan Sánchez Chavarría, identificado como Abogado y Notario.
el documento oficial muestra que "se presentó solicitud … para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete." El texto registrado aparece bajo el número de asiento "88-1", visible "al folio 133 frente del tomo 1" y consignado por el notario "Lic. José Monterrosa Mora" a…
Se publica en La Gaceta una nota donde el notario José Juan Sánchez Chavarría informa que, por escritura número QUINCE, protocolizó el acta de Asamblea número SIETE de la sociedad JSCT INVESTMENTS LIMITADA y que, en esa acta, “se acuerda disolver la presente sociedad”. El texto literal incluido en la publicación indica que quien firma es Lic. José Juan…
El aviso aparece en La Gaceta con la referencia ( IN202601119079 ) y la publicación oficial está disponible en la página de la Imprenta Nacional indicada en la evidencia.
Mediante el documento registrado con número 87-1 (visible al folio 132 frente del tomo 1) se consignó la presentación, ante el Notario José Monterrosa Mora, de una solicitud por parte de la sociedad identificada en la evidencia como 3-102-559644, S.R.L. La presentación se efectuó el 10 de julio del 2026 a las 11:13. El propósito declarado de la solicitud fue…
El documento registra que, por la escritura número ciento sesenta y uno otorgada ante la Notaria Pública Angie Priscila Rivera Mayorga, a las doce horas del dos de julio del dos mil veintiséis, se incluyó “cuenta de correo electrónico” dentro de la sociedad CARROCERIA Y ASOCIADOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya cédula jurídica aparece como…
En esa acta se decidió reformar la cláusula segunda del contrato social relativa al domicilio social, cambiando la dirección y agregando un correo electrónico. También se reformó la cláusula tercera, que corresponde al objeto social de la sociedad. Además, se comisionó a la notaria ANDREA GONZALEZ VINDAS para protocolizar el acta en lo conducente.
La incorporación quedó formalizada en escritura pública número 58-2, que aparece a folio 55 vuelto del tomo 2. Esa escritura fue otorgada ante una Notaría a las 09:30 horas del 01 de junio del 2026. El aviso fue publicado en La Gaceta con fecha San José, 07 de julio 2026, y contiene la firma del Lic. Marco Vinicio Quesada Sandí. En el texto se señala que la…
El documento oficial registra que, ante una notaría y por medio de la escritura número CIENTO SESENTA – UNO, se acordó la disolución y liquidación de la compañía llamada "Flamesol empresa individual de responsabilidad limitada", con cédula jurídica: tres – ciento cinco – cuatrocientos treinta y cinco mil ciento seis. La escritura está fechada a las dieciocho…
Mediante una escritura otorgada ante notaría a las 17:00 horas del 8 de junio del 2026, se eliminó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad CABO VILLA REAL LLC, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. El fragmento eliminado se titula “LA NOVENA DEL AGENTE RESIDENTE”.
Esta información proviene de una escritura pública identificada como número 317 y está publicada en La Gaceta (ver evidencia oficial).
El texto del aviso incluye la mención “Grecia 10 de julio del 2026” y aparece firmado tal como consta en la publicación: “Lic. Alfonso Bolaños Alpizar.” La misma nota indica que la publicación fue hecha “1 vez” y muestra el código entre paréntesis ( IN202601119089 ).
La Gaceta publica que, mediante escritura otorgada ante notaria a las nueve horas del día siete de julio de dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de la Asamblea General de Cuotistas de la sociedad GBC THREE, LIMITADA, cuya cédula de persona jurídica aparece como “tres – ciento dos – setecientos setenta y dos mil quinientos seis”. En esa acta se acordó…
Se registra en La Gaceta que la sociedad identificada como 3-102-559656, S.R.L. presentó una solicitud ante el notario público para incorporar un correo electrónico en su domicilio social. El asiento notarial consta como número 89-1 y aparece visible en el folio 134 frente del tomo 1 del Notario José Monterrosa Mora.