Otorgamiento de poder notarial para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales
En una escritura pública otorgada ante una Notaría a las diez horas cinco minutos del día diez de julio de dos mil veintiséis, la sociedad Southern Cross Of Esterillos Sociedad Anónima otorgó un poder y designó un domicilio electrónico para notificaciones. El texto literal consignado en la evidencia indica que se otorgó “poder generalísimo sin límite de suma, para realizar en su nombre y representación únicamente el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales” y que se designa un domicilio electrónico para notificaciones. La publicación se registró en La Gaceta (ver fuente).\n\nA quién afecta y qué autoriza: Afecta a la sociedad otorgante, Southern Cross Of Esterillos Sociedad Anónima, y a la persona apoderada mencionada en la escritura: Lic. Marco Vinicio Solano Gómez. Según la redacción literal, el poder autoriza al apoderado a actuar en representación de la sociedad en la finalidad expresada: realizar el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales. El documento califica el poder como “generalísimo sin límite de suma”, pero simultáneamente limita su finalidad con la palabra “únicamente”.\n\nCondiciones, límites y datos concretos: La evidencia conserva las frases textuales “generalísimo sin límite de suma” y “únicamente el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales”. También indica la hora y fecha del otorgamiento: 10:05 del 10 de julio de 2026, y contiene un número de referencia entre paréntesis: ( IN202601119475 ). La escritura designa un domicilio electrónico para notificaciones, pero la evidencia disponible no muestra cuál es esa dirección electrónica ni detalla cómo o cuándo debe usarse.\n\nAmbigüedades y límites de la evidencia: La combinación de la expresión “generalísimo sin límite de suma” con la restricción “únicamente” crea una tensión textual cuya interpretación práctica no queda resuelta por la evidencia. No es posible, a partir del texto publicado, precisar si el alcance del poder es estrictamente limitado al trámite formal del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (por ejemplo, presentar y firmar formularios necesarios) o si la frase “generalísimo” pretendiera conferir facultades más amplias en otras materias. Donde la evidencia está incompleta o ambigua, se señala esa limitación y no se infiere información adicional.\n\nFuente: La Gaceta, publicación oficial (ver URL en la evidencia).
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Cambios destacados relacionados
Publicación oficial detectada
Publicación oficial detectada
En una escritura pública otorgada ante una Notaría a las diez horas cinco minutos del día diez de julio de dos mil veintiséis, la sociedad Southern Cross Of Esterillos Sociedad Anónima otorgó un poder y designó un domicilio electrónico para notificaciones. El texto literal consignado en la evidencia indica que se otorgó “poder generalísimo sin límite de…
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.