Otorgamiento de poder notarial para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales
En una escritura pública otorgada ante una Notaría a las diez horas cinco minutos del día diez de julio de dos mil veintiséis, la sociedad Southern Cross Of Esterillos Sociedad Anónima otorgó un poder y designó un domicilio electrónico para notificaciones. El texto literal consignado en la evidencia indica que se otorgó “poder generalísimo sin límite de suma, para realizar en su nombre y representación únicamente el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales” y que se designa un domicilio electrónico para notificaciones. La publicación se registró en La Gaceta (ver fuente).\n\nA quién afecta y qué autoriza: Afecta a la sociedad otorgante, Southern Cross Of Esterillos Sociedad Anónima, y a la persona apoderada mencionada en la escritura: Lic. Marco Vinicio Solano Gómez. Según la redacción literal, el poder autoriza al apoderado a actuar en representación de la sociedad en la finalidad expresada: realizar el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales. El documento califica el poder como “generalísimo sin límite de suma”, pero simultáneamente limita su finalidad con la palabra “únicamente”.\n\nCondiciones, límites y datos concretos: La evidencia conserva las frases textuales “generalísimo sin límite de suma” y “únicamente el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales”. También indica la hora y fecha del otorgamiento: 10:05 del 10 de julio de 2026, y contiene un número de referencia entre paréntesis: ( IN202601119475 ). La escritura designa un domicilio electrónico para notificaciones, pero la evidencia disponible no muestra cuál es esa dirección electrónica ni detalla cómo o cuándo debe usarse.\n\nAmbigüedades y límites de la evidencia: La combinación de la expresión “generalísimo sin límite de suma” con la restricción “únicamente” crea una tensión textual cuya interpretación práctica no queda resuelta por la evidencia. No es posible, a partir del texto publicado, precisar si el alcance del poder es estrictamente limitado al trámite formal del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (por ejemplo, presentar y firmar formularios necesarios) o si la frase “generalísimo” pretendiera conferir facultades más amplias en otras materias. Donde la evidencia está incompleta o ambigua, se señala esa limitación y no se infiere información adicional.\n\nFuente: La Gaceta, publicación oficial (ver URL en la evidencia).
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