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La GacetaRegulacion18 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Protocolización de reforma de cláusulas SEXTA y SÉTIMA de la sociedad TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO S.R.L.

Ante la notaría se protocolizó un acta mediante escritura número 91 que modifica el pacto constitutivo de la sociedad TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO S.R.L.; concretamente, se reforman las cláusulas SEXTA y SÉTIMA del pacto constitutivo.

A la sociedad identificada como TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO S.R.L., cuya cédula jurídica aparece en el mismo texto con la misma expresión literal TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO. La evidencia no incluye el texto de las cláusulas SEXTA y SÉTIMA ni su nuevo contenido, por lo que no es posible describir aquí qué obligaciones, permisos o cambios concretos se introducen en la sociedad ni cómo afectan a terceros o socios.

La protocolización ocurrió en esa notaría mediante la escritura número 91, visible al folio 48‑V del tomo 2. La firma o registro notarial consignó la hora 11:30 horas y la fecha 7 de julio del 2026 para la protocolización del acta, y la constancia está fechada en San José a las 11:50 horas del 7 de julio de 2026. La actuación fue realizada por el Notario Público Lic. Agustín Vega Quesada. En la referencia aparece el código ( IN202601118756 ).

El documento publicado en La Gaceta (ver enlace oficial de la Imprenta Nacional en la evidencia) solo consigna la existencia de la escritura y que se reformaron las cláusulas SEXTA y SÉTIMA, así como los datos notariales señalados. No contiene el texto de las reformas ni indicación de su entrada en vigor, condiciones, alcances, montos, plazos o efectos jurídicos. Por tanto, no es posible, con la información proporcionada, afirmar qué cambios concretos se hicieron ni qué obligaciones, derechos o cambios societarios resultan de esas reformas.

Para conocer el contenido y efectos de las reformas (qué dicen ahora las cláusulas SEXTA y SÉTIMA, su vigencia o condiciones), es necesario consultar la escritura número 91 completa o el registro mercantil/notarial correspondiente en la Imprenta Nacional o en la notaría que protocolizó el acto. La Gaceta actúa aquí como publicación de aviso de la protocolización, pero la evidencia disponible no incluye la reforma textual.

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion18 de septiembre de 2026
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Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

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18 de septiembre de 2026

Ante la notaría se protocolizó un acta mediante escritura número 91 que modifica el pacto constitutivo de la sociedad TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO S.R.L.; concretamente, se reforman las cláusulas SEXTA y SÉTIMA del pacto constitutivo.