La Gaceta
La GacetaAmbiente02 de septiembre de 2026Explicación ciudadana

Ley 8642, el espectro radioeléctrico constituye un recurso escaso

Que el artículo 9 incisos a) y e) de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642 establece que el uso comercial de las bandas del espectro radioeléctrico comprende: “la utilización de bandas de frecuencias para la operación de redes públicas y la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, a cambio de una contraprestación económica” y las bandas de frecuencia de uso libre corresponde a: “las bandas de frecuencias así asignadas en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Que el artículo 10 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642 establece que le corresponde a SUTEL: “la comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas, así como la inspección, detección, identificación y eliminación de las interferencias perjudiciales”. Que el numeral 13 del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones, establece que los equipos de telecomunicaciones móviles deben atender las condiciones técnicas del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias: “Los equipos utilizados operarán en las bandas de frecuencias definidas en las políticas del Plan Nacional de Telecomunicaciones y según las características técnicas definidas en el Plan Nacional de Atribuciones”.

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

Abrir vista oficial
TipoDocumento oficial
Publicacion02 de septiembre de 2026
DocumentoPDF oficial disponible

Documento oficial

La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.

Cambios destacados relacionados

Publicación oficial detectada

Publicación oficial detectada

02 de septiembre de 2026

Que el artículo 9 incisos a) y e) de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642 establece que el uso comercial de las bandas del espectro radioeléctrico comprende: “la utilización de bandas de frecuencias para la operación de redes públicas y la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, a cambio de una contraprestación…

Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.