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Cambio en documento oficial25 de septiembre de 2026Regulacion

Proyecto propone exigir la denuncia inmediata de maltrato o abuso contra niñas, niños y adolescentes (Expediente 25788)

El proyecto propone reformar el artículo 49 del Código de la Niñez y la Adolescencia para precisar y reforzar el deber de denunciar indicios de maltrato o abuso contra personas menores de edad, estableciendo el momento y un plazo máximo para presentar la denuncia ante el Ministerio Público. El texto figura como “PROYECTO DE LEY” y se presenta con el expediente número 25788; la iniciativa está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa.

Obliga a quienes dirijan y al personal de centros de salud, públicos o privados, a denunciar cuando atiendan o reciban a personas menores de edad; impone la misma obligación a las autoridades y al personal de centros educativos, guarderías o cualquier otro sitio donde permanezcan o se preste algún servicio a menores; y también obliga a denunciar a toda persona mayor de edad que tenga bajo su cuidado o responsabilidad a personas menores que participen en asociaciones, fundaciones u organizaciones de carácter público o privado. Estas obligaciones se expresan en el texto que modifica el artículo 49.

La obligación concreta es comunicar “cualquier sospecha razonable de maltrato, agresión, acoso o abuso” al Ministerio Público, y la denuncia debe presentarse de forma inmediata desde que surja el indicio. Cuando las circunstancias no exijan actuación inmediata, el proyecto fija un plazo máximo de veinticuatro horas para presentar la denuncia. El proyecto aclara además que la realización de averiguaciones o procedimientos internos no podrá ser condición previa ni retrasar la denuncia ante el Ministerio Público.

El texto establece que la presentación de la denuncia no impide que las autoridades adopten medidas urgentes de protección, que se preserve la evidencia disponible y que se actúe para prevenir riesgos que afecten a la persona menor de edad. También prevé la protección de la identidad de la persona denunciante y menciona el respeto de normas aplicables cuando exista un proceso penal.

Aparece con la firma y el nombre del diputado proponente, Robert Barrantes Camacho, y su texto indica que la norma “rige a partir de su publicación”. El expediente registrado para esta iniciativa es el número 25788 y la presentación en la Asamblea consta en los trámites del expediente.

Obliga a determinados adultos y personal institucional a reportar sospechas razonables de maltrato o abuso en un plazo muy breve (inmediato o dentro de 24 horas según el caso) y prohíbe que investigaciones internas se usen para demorar la comunicación al Ministerio Público. Si se aprueba, el cambio legal alteraría el momento y la obligación formal de denunciar; por ahora, la propuesta está en trámite y no es ley.

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