Derogar la Ley que creó la Agencia Espacial Costarricense (Proyecto 25795)
El proyecto propone derogar en su totalidad la Ley N.º 9960, de 26 de marzo de 2021, que creó la Agencia Espacial Costarricense (AEC). El texto presentado en la Asamblea Legislativa está registrado como expediente N.º 25795 y fue propuesto por NOGUI ACOSTA JAÉN; el proyecto fue ingresado el 22/09/2026 y, como todo proyecto de ley, está pendiente de aprobación.
El cambio concreto que plantea el proyecto es anular por completo la norma de creación de la AEC. El articulado del proyecto dispone: “Deróguesese en su totalidad la Ley N.º 9960, Creación de la Agencia Espacial Costarricense (AEC), de 26 de marzo de 2021, publicada en el Alcance N.º 106 a La Gaceta N.º 102 del 28 de mayo de 2021.” El proyecto establece además que su disposición “rige a partir de su publicación.” Si la Asamblea aprobara este proyecto, la consecuencia normativa sería la eliminación de la Ley N.º 9960 del ordenamiento y, por extensión, la pérdida de la personería jurídica creada por esa ley según lo expone el propio documento.
La propuesta afecta directamente a la AEC y a las estructuras previstas por la Ley N.º 9960 porque busca retirar la norma que les dio existencia. En la exposición de motivos el texto señala que, desde su promulgación, “la agencia se ha enfrentado a una parálisis absoluta” y describe problemas operativos concretos: ausencia de Dirección Ejecutiva, parálisis del Centro Espacial de Guanacaste e inactividad del Consejo Directivo. Esos hechos se usan como justificación técnica y política para proponer la derogatoria.
El proyecto también se apoya en argumentos relacionados con la inviabilidad presupuestaria y la imposibilidad de financiar la agencia bajo el diseño original. El documento cita certificaciones y dictámenes que indican falta de presupuesto y riesgos en propuestas alternativas de financiamiento, incluido el uso indebido de recursos de fondos como FONATEL según observaciones técnicas citadas. En particular, el expediente reproduce la certificación de que “no se cuenta con presupuesto asignado a la agencia desde su creación”, lo que se presenta como elemento que impidió poner en marcha la institución.
La Ley N.º 9960 constituyó a la AEC como “Ente Público No Estatal” y, al quedar fuera de la órbita jerárquica del Poder Ejecutivo, “la única vía jurídica para extinguir la AEC y retirar del ordenamiento una norma inaplicable es a través de una ley formal dictada por la Asamblea Legislativa.” El expediente recuerda que la Constitución, en su artículo 121, otorga al Parlamento la potestad de “dictar las leyes, reformarlas, derogarlas, y darles interpretación auténtica”, lo que justifica que la propuesta llegue al Legislativo.
La derogatoria total de la Ley N.º 9960 y la entrada en vigor de esa derogatoria desde su publicación. Mientras el proyecto esté en trámite, la Ley N.º 9960 sigue vigente porque la derogatoria depende de la aprobación legislativa. El documento oficial corresponde a la Asamblea Legislativa (expediente 25795) y, hasta que el Plenario vote y se promulgue una ley, no se producirá la modificación que aquí se propone.
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