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Cambio en documento oficial24 de septiembre de 2026Presupuesto publico

Proyecto de ley 25796: Gravamen de rentas pasivas de fuente extranjera y eliminación de créditos fiscales por valores de oferta pública temáticos

El proyecto propone gravar las rentas pasivas de fuente extranjera y eliminar el crédito fiscal vigente por la emisión de valores de oferta pública temáticos (bonos temáticos). El expediente es el 25796, presentado por el Poder Ejecutivo el 22 de septiembre de 2026; el texto es una iniciativa que está pendiente de aprobación.

El proyecto modifica el alcance del gravamen a las rentas pasivas de fuente extranjera para vincularlo a la capacidad económica del contribuyente y no solo a la pertenencia a un grupo multinacional. El documento explica que la reforma “elimina esa asimetría y vincula el gravamen a la capacidad económica efectivamente manifestada por el contribuyente”, en contraposición a la delimitación introducida por la Ley N°10.381 que sujetó el impuesto, en la práctica, a entidades no calificadas pertenecientes a grupos multinacionales.

El mecanismo propuesto integra las rentas pasivas de fuente extranjera en el impuesto sobre las utilidades y define la renta imponible de esas rentas como el monto bruto percibido menos el impuesto análogo retenido o pagado en el exterior; sobre ese resultado se aplicará la tarifa correspondiente. Concretamente, el proyecto incorpora un artículo 29 ter que dispone: “La renta imponible de las rentas pasivas de fuente extranjera estará constituida por el monto bruto percibido al que se le deducirá la suma del impuesto análogo retenido o pagado en el exterior, sobre el resultado se aplicará la tarifa correspondiente.”

El texto extiende la sujeción al impuesto a residentes en Costa Rica independientemente de la estructura jurídica utilizada para canalizar las rentas. El proyecto busca que “toda persona, física o jurídica, o cualquier tipo de estructura similar, residente en el territorio nacional, se encuentre sujeta al impuesto sobre las rentas y ganancias de capital en su modalidad de rentas pasivas de fuente extranjera”, y establece reglas para que el contribuyente declare el monto bruto percibido y deduzca el impuesto análogo pagado en el exterior.

En paralelo, la iniciativa suprime el beneficio fiscal que hoy existe para los emisores de valores de oferta pública temáticos: propone derogar el inciso d) del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con lo que se elimina el crédito fiscal aplicable a esos emisores. El proyecto articula esa eliminación dentro de un conjunto de cambios legales destinados a homogeneizar el tratamiento fiscal y evitar excepciones que fragmenten la base tributaria.

Dispone que “El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley dentro de un plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor” y que la norma “Rige a partir de su publicación.” El texto sometido a trámite contiene, además, varias modificaciones puntuales a artículos (por ejemplo artículos 1, 27, 31 ter y la adición del artículo 29 ter) y la derogación de artículos referidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta para ajustar la materia impositiva descrita. Este proyecto está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa.

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