Tarifas y servicios publicos

Inscripción para facturación del medidor eléctrico Hexing HXS300 (Resolución RE-0043-IE-2026, ARESEP)

La Intendencia de Energía de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) resolvió acoger la solicitud presentada por la empresa Enersys MVA S. A. e inscribir el medidor marca Hexing, modelo HXS300, en la forma 36S, CL20 y exactitud 0.2. La inscripción autoriza ese modelo para su uso en sistemas de distribución trifásicos en conexión estrella o conexión delta, con registro de demanda, y lo habilita "para efectos de facturación y registro de energía y potencia eléctrica". La resolución es la RE-0043-IE-2026, dictada el 26 de agosto de 2026 a las 11:46 horas.

El 14 de agosto de 2026 Enersys MVA S. A., representada por Marco Vinicio Vargas Barrientos, presentó la solicitud (expediente IME-004-2026) para inscribir el sistema de medición de energía y potencia Hexing HXS300 como modelo válido para facturación y registro en servicios comerciales e industriales.

La Intendencia emitió un Auto de Prevención (AP-0010-IE-2026) el 18 de agosto de 2026 solicitando información adicional; Enersys respondió dentro del plazo. La Intendencia elaboró el informe técnico IN-0096-IE-2026 (26 de agosto de 2026), que recomendó aceptar la inscripción tras verificar que la documentación y las pruebas aportadas cumplen con los requisitos de admisibilidad y los requisitos técnicos establecidos en la norma técnica AR-NT-SUMEL y en el procedimiento aplicable.

En el expediente constan un Informe de Ensayo N°. WJ260742 (08 de mayo de 2026) y un Informe de Cumplimiento N°. 263310012925 (06 de agosto de 2026), que, según el expediente, muestran que el medidor HXS300 cumple con normas técnicas como ANSI C12.1-2022, ANSI C12.10-2011, ANSI C12.20-2015 e IEC62053-23:2020, y que su exactitud es ±0.2 %. También consta el manual de usuario y documentación técnica sobre sus funciones (registro de hasta 16 canales, intervalos configurables en 1, 5, 15, 30 y 60 minutos, módulos de comunicación 4G o W-SUN, compatibilidad con software AMI y funciones de perfil de carga), según los folios indicados en el expediente.

La inscripción se otorgó específicamente para el modelo Hexing HXS300 en la forma 36S, clase 20 (CL20) y exactitud 0.2, destinado a redes trifásicas en conexión estrella o delta, con registro de demanda, y para servicios comerciales e industriales. La resolución hace referencia expresa a que la inscripción se basa en el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y de las condiciones técnicas exigidas por la norma AR-NT-SUMEL (artículos 13 y 16, entre otros). Asimismo, el propio documento recuerda el artículo 12 de la norma AR-NT-SUMEL, que dispone que no podrá instalarse para efectos de facturación ningún equipo de medición que carezca de la inscripción del modelo correspondiente; con esta inscripción, el HXS300 queda registrado como modelo admitido para esos usos y condiciones descritas.

La resolución habilita el modelo inscrito para "efectos de facturación y registro de energía y potencia eléctrica" en los usos y condiciones indicados. El texto también indica que la Intendencia verificó que el medidor posee las características eléctricas, mecánicas, constructivas y tecnológicas requeridas y que satisface los niveles de error establecidos en la normativa ANSI citada.

La resolución informa, en cumplimiento de los artículos 245 y 345 de la Ley General de la Administración Pública (LGAP), que contra ella pueden interponerse los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación, y el recurso extraordinario de revisión. Los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación deben presentarse ante la Intendencia de Energía en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación, conforme al artículo 346 de la LGAP. El recurso extraordinario de revisión procede dentro de los plazos que señala el artículo 354 de la ley, según consta en la resolución.

Respaldo oficial

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FuenteARESEP
OrganizacionARESEP
ResoluciónRE-0043-IE-2026
ExpedienteIME-004-2026
Servicioelectricidad
Fecha del documento26 de agosto de 2026

Evidencia disponible

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