Regulacion
RegulacionRegulacion20 de octubre de 2026Fuente oficial

Proyecto 25849: Eliminar límites de edad para registrarse como costarricense por nacimiento (incisos 2 y 3, art. 13)

El proyecto propone modificar los incisos 2 y 3 del artículo 13 de la Constitución Política para que los hijos de costarricense por nacimiento nacidos en el extranjero y las personas nacidas en Costa Rica de padres extranjeros puedan registrarse como costarricenses por nacimiento sin la limitación temporal que hoy impone el texto vigente.

La propuesta elimina la barrera que hasta ahora condiciona la inscripción por edad y establece que la persona podrá inscribirse “por la voluntad propia en cualquier momento de su vida una vez cumplida la mayoría de edad”, mientras que, cuando sea menor, la inscripción podrá efectuarse por la voluntad de sus progenitores costarricenses. En la práctica eso significa que ya no regirá el límite expresado en el texto vigente que exigía inscribirse “hasta cumplir veinticinco años”.

Para registrar la condición de costarricense por nacimiento la inscripción se realizará ante el Registro Civil; el proyecto mantiene el trámite registral y condiciona la inscripción a la comprobación de nacimiento, filiación e identidad que exija el Registro Civil. En términos prácticos, quien quiera inscribirse tendrá que aportar los documentos que acrediten su nacimiento y su vínculo filial conforme a los controles registrales.

Quienes, al entrar en vigencia la reforma, ya hubieran superado el límite de edad anterior podrán ejercer por voluntad propia la opción de nacionalidad por nacimiento ante el Registro Civil, sin límite de edad, siempre “con sujeción a la comprobación fehaciente del nacimiento, la filiación y la identidad”. Esto permite a personas que quedaron fuera por la regla anterior solicitar su inscripción como costarricenses por nacimiento.

El proyecto también contempla que las personas que adquirieron la nacionalidad por naturalización podrán solicitar ante el Registro Civil el reconocimiento de su condición como costarricense por nacimiento; la resolución que reconozca esa condición producirá efectos desde su firmeza y no afectará derechos de terceros ni situaciones jurídicas consolidadas.

La Asamblea Legislativa debe adecuar la Ley de Opciones y Naturalizaciones a la reforma dentro de los seis meses siguientes a su entrada en vigencia, y el Tribunal Supremo de Elecciones deberá ajustar en el mismo plazo la reglamentación, requisitos y procedimientos registrales correspondientes. Mientras se llevan a cabo esas adecuaciones, el Registro Civil podrá tramitar solicitudes con fundamento en el nuevo texto constitucional y en las normas vigentes compatibles.

La reforma, según el propio proyecto, rige a partir de su publicación y está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa; sus efectos materiales sobre personas concretas comenzarán una vez que la reforma sea aprobada y publicada, y según las condiciones y los plazos que el texto dispone.

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En trámite

La ficha registra actividad legislativa, pero no permite ubicarla en una etapa más específica.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

Proponentes

Ver todos

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.

Consultar expediente oficial
FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn trámite
Fecha de inicio20 de octubre de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

Abrir consulta legislativa
Seguimiento de la fuente

Historial de cambios

Estas son únicamente las diferencias detectadas después de la publicación inicial.

    • Etapa: Presentado → En trámite
Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.