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RegulacionRegulacion13 de octubre de 2026Fuente oficial

Proyecto 25834: Desafectación del régimen de patrimonio histórico y arquitectónico del Puente Real de Liberia

El proyecto propone retirar al Puente Real de Liberia del régimen de protección de patrimonio histórico y arquitectónico que hoy lo cubre, y dejar sin efecto el decreto ejecutivo que lo incorporó a dicho régimen; la propuesta está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa.

El articulado (ARTÍCULO 1) dispone que se desafecte el Puente Real, ubicado sobre el río Liberia en calle Real, distrito y cantón de Liberia, provincia de Guanacaste; el ARTÍCULO 2 declara sin efecto el Decreto Ejecutivo N.º 36819-C, de 26 de agosto de 2011, que había incorporado el puente al patrimonio histórico-arquitectónico. El proyecto establece que la ley "rige a partir de su publicación", de modo que sus efectos legales operarían desde la publicación oficial si la Asamblea la aprueba.

En la práctica, desafectar el puente significa que dejaría de estar sujeto al «régimen especial de protección patrimonial» que obliga a reglas y controles específicos de conservación. Sin embargo, el texto aclara que esa desafectación "tampoco debe confundirse con una autorización automática para ejecutar obras o disponer de la estructura sin cumplir los procedimientos correspondientes"; por tanto, cualquier intervención futura seguirá requiriendo los trámites técnicos y legales aplicables y la actuación de las autoridades competentes.

La iniciativa explica antecedentes técnicos y económicos que justifican la propuesta. Señala que el puente fue construido a comienzos del siglo XX y que en años recientes hubo intervenciones y gastos públicos para su conservación: trabajos entre 2012 y 2013 por un monto aproximado de noventa y seis millones de colones; una restauración municipal en 2022 con una inversión aproximada de ciento noventa y seis millones de colones; y una suma reportada para ambos periodos de aproximadamente doscientos noventa y dos millones de colones. El proyecto usa esos antecedentes para argumentar que, pese a las inversiones, persistieron problemas de conservación y limitaciones funcionales.

El texto registra además que en 2026 hubo restricciones de circulación relacionadas con una orden sanitaria identificada como N.º MS-DRRSCH-DARL-OS-003-2026, lo que ilustra que continúan existiendo circunstancias que afectan la utilización del Puente Real como vía de comunicación. Con base en estas situaciones, la iniciativa plantea abrir una vía jurídica que permita a las autoridades evaluar y adoptar soluciones de mayor alcance para la conectividad y la seguridad vial en Liberia, siempre con valoraciones técnicas que correspondan.

La Sala Constitucional ha establecido que la desafectación de bienes patrimoniales debe realizarse mediante ley de la República y debe acompañarse de un estudio técnico objetivo que acredite la pérdida del valor cultural que motivó la declaratoria original. La iniciativa se presenta como un mecanismo legal para revisar el régimen vigente conforme a esos criterios técnicos y jurídicos, no como una autorización inmediata para disponer del inmueble.

Número de expediente 25834; proponente registrado Nayuribe Guadamuz Rosales; fecha de inicio de la tramitación 2026-10-13 y fecha de publicación en Gaceta consignada 2026-10-16 (Número de Gaceta 196). Hasta que la Asamblea Legislativa no apruebe la ley y esta sea publicada, la propuesta no produce los efectos legales que describe.

En resumen, la iniciativa busca cambiar la condición legal del Puente Real de Liberia para permitir que las autoridades adopten soluciones distintas a las limitaciones que impone actualmente su estatus patrimonial; mantiene la exigencia de procedimientos técnicos y legales para cualquier intervención posterior y se plantea como un paso legislativo, pendiente de aprobación, que habilitaría decisiones posteriores conforme a las competencias institucionales y a las valoraciones técnicas exigidas.

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En comisión

El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

Proponentes

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Respaldo oficial

Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.

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FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn comisión
Fecha de inicio13 de octubre de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

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Seguimiento de la fuente

Historial de cambios

Estas son únicamente las diferencias detectadas después de la publicación inicial.

    • Etapa: En trámite → En comisión
    • Fecha de publicación: 2026-10-16
    • Número de La Gaceta: 196
    • Etapa: Presentado → En trámite
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