Proyecto 25820: Prohibir puertas giratorias y exigir declaraciones y sanciones para el Consejo Directivo del ICE
El proyecto propone prohibir las llamadas “puertas giratorias” en el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y crear obligaciones de transparencia y sanciones para las personas que integren su Consejo Directivo, con el fin declarado de combatir la corrupción en la toma de decisiones. El texto está presentado como proyecto de ley y está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa.
El proyecto añade un párrafo al artículo 10 de la Ley N.º449 (ley de creación del ICE) para impedir que se nombre como miembro del Consejo Directivo o como asesor de un miembro del Consejo a cualquier persona que, durante los últimos tres (3) años previos a su juramentación, haya ocupado puestos, funciones o actividades en empresas privadas cuyo negocio esté directamente relacionado con las funciones y responsabilidades del Consejo Directivo, incluyendo a los parientes del funcionario hasta tercer grado de consanguinidad o afinidad. Esa limitación busca evitar conflictos de interés derivados del tránsito reciente entre el sector privado y el público.
El proyecto obliga a que todas las personas que formen parte del Consejo Directivo declaren ante la Procuraduría de la Ética Pública las actividades profesionales que hayan ejercido durante los tres años anteriores a ocupar el cargo. Esa declaración debe presentarse en un plazo improrrogable de un mes desde que asuman el puesto y la Procuraduría verificará la información y emitirá un informe público escrito al respecto. Entre la información que debe declararse se incluyen los puestos ocupados, funciones y actividades desempeñadas en empresas privadas y los contratos suscritos con la Administración Pública durante los últimos tres años cuando esas sociedades o estructuras jurídicas tengan a los funcionarios o a sus parientes como accionistas o beneficiarios finales.
Quien infrinja lo dispuesto en los artículos 10 y 10 bis será sancionado con al menos cinco años de inhabilitación para trabajar en el Instituto Costarricense de Electricidad o en cualquiera de las empresas, órganos o direcciones del Grupo ICE. Si la persona ya estuviera trabajando en el ICE o formara parte de su Consejo Directivo, deberá ser cesada e inhabilitada en los términos indicados.
La norma propuesta aplica al nombramiento y ejercicio de miembros del Consejo Directivo y a la figura de asesores vinculados a ese órgano, y extiende la prohibición y las obligaciones a parientes hasta tercer grado cuando su vínculo con empresas privadas represente un conflicto con las responsabilidades del Consejo. El texto expresa que la ley “rige a partir de su publicación”, por lo que su vigencia, de aprobarse, comenzaría el día que se publique oficialmente.
Menciona compras de energía que la Contraloría calificó sin sustento técnico, decisiones sobre cierre de plantas sin fundamento técnico aparente y acciones que habrían favorecido a cogeneradores privados vinculados a personas que trabajaron en cargos ejecutivos. El proyecto también menciona la recomendación de la OCDE sobre establecer periodos de enfriamiento entre el sector privado y el público como antecedente que sustenta la medida. Estas explicaciones aparecen en la exposición de motivos y sirven para entender por qué los proponentes plantean la reforma, pero la medida concreta que se propone son las reglas de incompatibilidad, la obligación de declarar y las sanciones descritas en los artículos añadidos.
El proyecto fue presentado con expediente N.º 25820 por los diputados proponentes y, al ser un proyecto, solo tendrá efectos jurídicos si la Asamblea Legislativa lo discute y lo aprueba según el trámite legal correspondiente. Está expresamente pendiente de aprobación.
Etapa actual: En comisión
El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
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- Etapa: En trámite → En comisión
- Fecha de publicación: 2026-10-08
- Número de La Gaceta: 190
- Etapa: Presentado → En trámite
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