Desafectación y donación del terreno de la plaza de deportes de San Juan (Exp. 25818)
El proyecto propone desafectar del uso y dominio público un terreno de la Municipalidad de San Ramón y autorizar que esa municipalidad done ese terreno a la Asociación de Desarrollo Integral de San Juan (ADI) para consolidar un complejo deportivo integral. Está pendiente de aprobación.
El proyecto identifica la finca por matrícula 2-534257-000, como propiedad de la Municipalidad de San Ramón, y la ubica en el distrito 3-San Juan, cantón 2-San Ramón, provincia de Alajuela; el texto legal incluye linderos y referencia catastral (plano A-1816573-2015). Esta desafectación significa que la finca dejaría de estar bajo la condición de dominio y uso público para permitir la donación y el cambio de titularidad propuesto.
La autorización es la facultad que el proyecto pretende otorgar a la municipalidad para ejecutar la transferencia si la ley se aprueba.
Se afectará a plaza de deportes y recreación. Es decir, el terreno donado deberá destinarse al uso deportivo y actividades recreativas comunales según lo establece el articulado que define el fin público del bien tras la donación.
Dispone que la Asociación de Desarrollo Integral de San Juan no podrá vender, traspasar, donar ni ceder el inmueble donado y que esas limitaciones tendrán validez por un plazo de 10 años contados desde la publicación de la ley que otorgue la donación. Además indica que, una vez aprobada la donación por la Asamblea Legislativa y procediendo al traspaso, la Asociación deberá cubrir “los costos económicos legales de la inscripción”. El proyecto también deroga acuerdos y convenios municipales anteriores relacionados con la administración del salón multiusos cuando corresponda.
Para formalizar el traspaso y la inscripción, el proyecto dispone que la Notaría del Estado formalice los trámites mediante la elaboración de la escritura correspondiente y faculta expresamente a corregir o actualizar medidas, linderos y cualquier error u omisión registral o notarial necesarios para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional. Estas son disposiciones procesales para realizar la anotación registral del nuevo estado jurídico del inmueble.
En un fragmento se menciona “siete mil ochocientos treinta y seis metros cuadrados” y en otro “con un área de 7.846 m2”. Ante esa diferencia el proyecto no aclara cuál cifra prevalece, por lo que no es posible afirmar con certeza a partir de la documentación presentada cuál es el área definitiva registrada.
El expediente identificado como 25818 fue iniciado el 2026-10-01 y tiene vencimiento cuatrienal el 2030-10-01; la proponente registrada del proyecto es Gréthel María Ávila Vargas. Estos datos registrales sirven para ubicar el trámite parlamentario y su vigencia administrativa, no constituyen por sí mismos la aprobación del cambio propuesto.
Etapa actual: En comisión
El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
Proponentes
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Evidencia disponible
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Abrir consulta legislativaHistorial de cambios
Estas son únicamente las diferencias detectadas después de la publicación inicial.
- Etapa: En trámite → En comisión
- Fecha de publicación: 2026-10-07
- Número de La Gaceta: 189
- Etapa: Presentado → En trámite
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