Proyecto 25802: Reforma para restablecer la comisión municipal y crear una oficina para Personas Adultas Mayores y Personas con Discapacidad
El proyecto propone reformar los incisos h) y t) del artículo 13 y el segundo párrafo del artículo 49 del Código Municipal (Ley 7794) para volver a exigir que los concejos municipales designen formalmente una Comisión Permanente de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor (Comudam) y acuerden la creación, reglamento y partida presupuestaria de una Oficina de la Persona Adulta Mayor y de Personas en Situación de Discapacidad (Opamdis); está pendiente de aprobación.
El cambio propuesto en el inciso h) obliga al concejo municipal, por medio de su presidente, a nombrar a los miembros de la Comudam, y restablece la atribución del concejo de contar con ese órgano permanente encargado de velar por el cumplimiento de normas relacionadas con discapacidad y con las personas adultas mayores. En la práctica, esto significa que los acuerdos de designación deben tomarse en sesión y quedar registrados como responsabilidad del concejo.
El inciso t) que se reforma obliga al concejo a acordar la creación de la oficina municipal (Opamdis) dentro de su jurisdicción, y a dictar su reglamento y asignarle la partida presupuestaria correspondiente. En la práctica la norma indica que el municipio podrá crear un órgano administrativo con recursos y reglas propias para coordinar e implementar políticas locales dirigidas a estas poblaciones; la creación depende de un acuerdo del concejo y debe incluir la asignación presupuestaria señalada en el texto.
Dispone que, en la sesión del concejo posterior a la instalación de sus miembros, el Presidente nombrará a los integrantes de las comisiones permanentes, y que cada concejo integrará, como mínimo, diez comisiones permanentes, incluyéndose la Comisión Permanente de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor entre las comisiones a procurar integrar. En la práctica esto obliga a que la Comudam sea contemplada dentro de la organización regular del concejo y que su nombramiento se haga en la sesión señalada.
El texto también establece que la Opamdis deberá articular sus fines y funciones con la Comudam para cumplir las políticas que la municipalidad acuerde, maximizar la ejecución de resultados, del presupuesto y del recurso humano asignado, y podrá coordinar acciones cantonales con el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) y con el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam). En la práctica esto configura una relación de coordinación entre la oficina administrativa, la comisión política local y los órganos nacionales para ejecutar programas y usar los recursos asignados.
Según la exposición de motivos incluida en el proyecto, la iniciativa busca corregir una consecuencia producida por una reforma anterior que redujo el número de comisiones permanentes y "eliminó expresamente la obligación de contar con una comisión permanente encargada de atender los asuntos relacionados con las personas adultas mayores"; el proyecto pretende así recuperar ese espacio institucional para la promoción, coordinación y seguimiento de políticas municipales dirigidas a estas poblaciones.
La norma propuesta rige a partir de su publicación. El proyecto fue presentado por la diputada Cindy María Blanco González, figura como expediente número 25802, con fecha de inicio 2026-09-24 y fecha de publicación 2026-09-30; está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa.
Etapa actual: En comisión
El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
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- Etapa: En trámite → En comisión
- Etapa: En comisión → En trámite
- Etapa: Presentado → En comisión
- Fecha de publicación: 2026-09-30
- Número de La Gaceta: 184
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