Proyecto 25757: Inscripción registral de concesiones en franjas fronterizas administradas por el INDER
El proyecto propone autorizar la inscripción en el registro público de las concesiones sobre terrenos ubicados en las franjas fronterizas que administra el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y crear un registro especial para esas concesiones. El texto prevé que la certificación que emita el INDER sobre los contratos de concesión constituya el documento auténtico para inscribir esas concesiones en el Registro Nacional, y que exista una sección específica del ordenamiento para regular el modelo de concesiones en franja fronteriza. El proyecto está pendiente de aprobación.
El INDER podrá emitir la certificación de los contratos de concesión y esa certificación servirá para la inscripción registral de la concesión en franja fronteriza. Además, la modalidad de inscripción que se propone quedaría exenta de tributos y el monto del canon que deba pagar la concesionaria se fijará por reglamento. Esos son requisitos formales y económicos que el texto deja sujetos a reglamentación y a la certificación del INDER.
La iniciativa define quién puede otorgar concesiones y la estructura administrativa para manejar las tierras: el INDER está habilitado para “otorgar concesiones dentro de las franjas fronterizas norte y sur del país donde ejerza su competencia” y se crea o reconoce la existencia de un Fondo de Tierras como dependencia técnica del INDER encargada de regular, adquirir, titular, dotar y controlar las tierras que administre. Es decir, el proyecto coloca al INDER como la autoridad que gestiona la entrega y el control de esas concesiones.
En cuanto al contenido jurídico de la concesión, el proyecto indica que el contrato de concesión “crea un derecho real administrativo” para la persona concesionaria. El texto fija un plazo máximo general de vigencia de hasta veinticinco años contados desde la aprobación por la Junta Directiva del INDER, con posibilidad de prórroga por periodos iguales si la concesionaria cumple las obligaciones; se exceptúan las concesiones destinadas a la prestación de servicios públicos, que podrán tener plazos de hasta cincuenta años.
Propone que las resoluciones finales de la Junta Directiva del INDER en materia de concesiones en franjas fronterizas puedan ser objeto de apelación ante el Tribunal Agrario, lo que abre la vía administrativa especializada para impugnar esas decisiones. Ese cambio apunta a que las decisiones finales del INDER en este tema tengan un recurso administrativo ante el órgano competente.
Respecto al registro físico y operativo, el proyecto crea un “Registro Especial de Concesiones de la Franja Fronteriza” que pasará a formar parte del Registro Inmobiliario del Registro Nacional, y fija que en ese registro se inscribirán las concesiones, prórrogas, modificaciones, cesiones y gravámenes que afecten a los derechos derivados de las concesiones. La normativa reglamentaria deberá precisar los requisitos para el funcionamiento de ese registro y los actos inscribibles.
Los datos formales del expediente son el número 25757, la iniciativa fue presentada por el diputado Osvaldo Artavia Carballo y el trámite se inició el 2026-09-02; la publicación del proyecto consta con fecha 2026-09-14. Estas medidas se aplicarán solamente si la Asamblea aprueba y, en su caso, si el Poder Ejecutivo reglamenta las disposiciones en los plazos que la ley disponga.
Etapa actual: En comisión
El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
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