Proyecto 25708: creación del Mecanismo (Madetai) para detección temprana y atención integral de menores en situación de riesgo
El proyecto propone crear el Mecanismo de Articulación para la Detección Temprana y Atención Integral de Personas Menores de Edad en Situación de Riesgo (Madetai) como un mecanismo interinstitucional para la protección de las personas menores de edad frente a la criminalidad.
La norma, presentada por el diputado Robert J. Barrantes Camacho (expediente 25708, inicio 2026-08-17, publicación 2026-08-28, Gaceta 163), fija su ámbito aplicable a las personas menores de edad que se encuentren en condición de estudiantes activos en centros educativos públicos o privados del territorio nacional. El proyecto está pendiente de aprobación.
El texto obliga a que cualquier funcionario de un centro educativo que conozca hechos objetivos y verificables que puedan colocar a un estudiante en situación de riesgo lo comunique de inmediato a la dirección del centro. Cada caso deberá contar con un expediente individual de atención y seguimiento de carácter preventivo, protector y confidencial; el expediente "no constituirá antecedente penal, policial ni administrativo sancionatorio, ni podrá utilizarse para restringir derechos o generar discriminación".
La dirección del centro abrirá el expediente cuando existan determinadas circunstancias previstas en el articulado; entre ellas el proyecto enumera, de forma expresa, la introducción, posesión, tenencia, distribución o consumo de sustancias en el centro educativo; la portación de armas prohibidas u objetos utilizados para amenazar; la participación en hechos graves de violencia escolar; y la existencia de indicios de reclutamiento o utilización de personas menores de edad para actividades ilícitas.
Para atender los casos, el centro remitirá únicamente la información necesaria a las instituciones competentes según la ruta de atención que corresponda. El proyecto menciona expresamente que esas rutas deberán comprender, al menos, protección (PANI), salud (CCSS), adicciones (IAFA), seguridad (OIJ y dependencias policiales especializadas) y seguimiento educativo (MEP). El texto también permite que la información anonimizada se utilice para elaborar alertas tempranas y análisis de riesgo conforme lo establezca el reglamento.
Las instituciones participantes deberán elaborar informes semestrales estratégicos y estadísticas, y crear mecanismos de alerta temprana para identificar patrones de riesgo con preferencia por información anonimizada. La ejecución de la ley está prevista con cargo a los recursos ordinarios, humanos, tecnológicos y presupuestarios ya asignados a las instituciones participantes, "sin autorizar la creación de nuevas plazas ni generar incrementos automáticos del gasto público".
El proyecto incorpora disposiciones de coordinación normativa y operativa (por ejemplo para incorporar el Madetai en protocolos existentes) y dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará la ley dentro de los seis meses siguientes a su publicación. El texto establece que la ley "rige a partir de su publicación".
Etapa actual: En comisión
El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
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