Proyecto 25697: Ley para el fortalecimiento de los ingresos de la Caja Costarricense de Seguro Social
El proyecto propone derogar el inciso a) del artículo 71 de la Ley de Protección al Trabajador (Ley N.º 7983) con el objetivo de fortalecer financieramente los ingresos destinados a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Está pendiente de aprobación por la Asamblea Legislativa y, de aprobarse, cambiaría la norma que hoy permite excluir ciertos aportes a planes voluntarios de pensiones del cálculo de cargas sociales.
El proyecto afecta la forma en que se calcula la base sobre la cual se pagan las cotizaciones al IVM (Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte) y al Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM). Hoy el inciso a) permite restar del salario reportado los aportes a regímenes voluntarios de pensiones complementarias al calcular las cuotas; con la derogatoria esa reducción dejaría de aplicarse y, por tanto, las cuotas se calcularían sobre una base mayor.
Cuando una persona aporta a un fondo voluntario de pensiones, la parte aportada hoy suele excluirse del salario que sirve de base para calcular las cuotas obreras y patronales a la CCSS, lo que reduce los ingresos del sistema. Al eliminar esa exención, tanto las cuotas obreras como las patronales dejarían de reducirse por esos aportes y los seguros sociales recibirían una mayor recaudación.
Según los análisis técnicos citados en el proyecto, la derogatoria podría generar recursos adicionales significativos para la CCSS: se estima que permitiría obtener aproximadamente 1.623 millones mensuales adicionales para los seguros sociales administrados por la institución y que ello podría representar ingresos cercanos a los 19.476 millones actuales para la seguridad social costarricense. El documento también presenta datos sobre la situación financiera del IVM: una deuda estatal pendiente con el IVM que, para 2025, supera los ¢769.000 millones; una disminución reciente de la reserva acumulada del IVM de aproximadamente ¢3,9 billones a ¢2,5 billones; y una razón de solvencia cercana al 56%.
La Dirección Jurídica de la CCSS concluye que la derogatoria resulta positiva para las finanzas institucionales, la Gerencia de Pensiones y la Dirección Actuarial y Económica reportaron criterios favorables y la Procuraduría General de la República expresó que la iniciativa ‘‘implicaría una mejora importante en el ingreso de los seguros de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y Enfermedad y Maternidad (SEM) que administra la CCSS’’. Estas opiniones técnicas y jurídicas sirven, según el texto, como respaldo para la medida propuesta.
La reforma, según el propio texto, se limita exclusivamente a eliminar la exención relativa a las cargas sociales destinadas a la CCSS y no suprime los regímenes voluntarios de pensiones ni restringe el derecho de las personas a ahorrar previsionalmente. El documento afirma que la iniciativa no afecta el funcionamiento general del sistema complementario de pensiones y que las demás exenciones contempladas en el artículo 71 permanecerían intactas.
El expediente parlamentario es el número 25697, fue presentado el 2026-08-05 y publicado el 2026-08-13 (Gaceta N.º 152). Los proponentes registrados incluyen a Vianey Briyith Mora Vega y otros diputados. El proyecto sigue su trámite en la Asamblea Legislativa y, hasta ahora, está en etapa de estudio y debate en comisión; su vigencia solo comenzaría si la Asamblea lo aprueba y se publica conforme a la normativa aplicable.
Etapa actual: En comisión
El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
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