Regulacion
RegulacionRegulacion20 de julio de 2026Fuente oficial

Proyecto 25659: eliminar la caducidad de la revisión extraordinaria cuando hay vulneración de derechos humanos (modifica el artículo 72 del Código Procesal Civil)

El proyecto propone reformar el subinciso 11 del inciso 1 y adicionar un párrafo al inciso 2 del artículo 72 de la Ley N.º 9342 (Código Procesal Civil) para que, en los casos de violaciones a derechos humanos, no exista caducidad del plazo para interponer la demanda extraordinaria de revisión; la iniciativa está pendiente de aprobación. La propuesta figura en el expediente 25659 y fue presentada el 20/07/2026; su publicación oficial aparece con fecha 28/07/2026 en la Gaceta N.º 140.

El proyecto cambia el texto de las causales de la revisión para incluir expresamente “una grave y trascendente violación al debido proceso o violación a los derechos humanos de poblaciones vulnerables”. En la práctica, esto significa que la revisión extraordinaria podrá basarse, entre otras causales, en situaciones graves que afecten el debido proceso o en vulneraciones específicas a derechos de grupos en condición de vulnerabilidad, tal como lo enuncia el articulado propuesto.

Mantiene la regla general sobre los plazos para interponer la revisión (incluida la referencia a un año desde que la persona pudo alegar la causal y la limitación de diez años desde la firmeza de la sentencia), pero establece una excepción concreta: “Tratándose de derechos humanos vulnerados no existirá caducidad del plazo para interponer tal demanda.” En términos prácticos, esto permite que, cuando se alega una vulneración de derechos humanos, la acción de revisión no quede impedida por el transcurso del plazo que normalmente extingue la posibilidad de demandar.

Según el expediente y el trámite registrado en la Asamblea Legislativa, los proponentes son diputados y diputadas identificados en el expediente 25659; el proyecto fue presentado en el Plenario el 20/07/2026 y remitido a la Comisión de Derechos Humanos (Área I) para su estudio con ingreso en orden del día y debate programado. La iniciativa está sometida al trámite legislativo ordinario y su avance depende de la deliberación y eventual aprobación por parte de las instancias correspondientes de la Asamblea Legislativa.

La explicación anterior resume las modificaciones que propone el texto al artículo 72 del Código Procesal Civil y sus efectos sobre la caducidad del plazo para la demanda extraordinaria de revisión cuando se alega una vulneración de derechos humanos. Está pendiente de aprobación y solo se convertirá en norma si así lo decide el órgano legislativo correspondiente.

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En comisión

El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

Proponentes

Ver todos

¿Te resultó útil esta explicación?

Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.

Inicia sesión para reaccionar.

Enviar una sugerencia sobre esta publicación

Respaldo oficial

Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.

Consultar expediente oficial
FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn comisión
Fecha de inicio20 de julio de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

Abrir consulta legislativa
Conversación pública

Comentarios (0)

Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.

Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.