Proyecto 25531: Declaratoria de interés público del desarrollo turístico de los cantones de Moravia, Tibás, Vázquez de Coronado y Goicoechea
El proyecto propone declarar de interés público el desarrollo turístico de los cantones de Moravia, Tibás, Vázquez de Coronado y Goicoechea. En la exposición normativa se establece que, a partir de esa declaratoria, el Estado —por medio del Instituto Costarricense de Turismo (ICT) y otras instituciones públicas competentes— deberá promover el desarrollo de la infraestructura y las inversiones en materia de turismo en esas zonas, bajo un esquema de desarrollo sostenible que fortalezca las condiciones sociales y económicas locales. El texto también indica que el Estado apoyará iniciativas que fomenten el desarrollo local y a las pequeñas y medianas empresas vinculadas al turismo en dichos cantones. El proyecto está pendiente de aprobación.
El proyecto afecta principalmente a las municipalidades de Moravia, Tibás, Vázquez de Coronado y Goicoechea, y les permite destinar recursos para proyectos turísticos. El articulado autoriza a las municipalidades a ejecutar recursos directamente o a través de convenios con el ICT, el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), otras instituciones públicas u organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, siempre que las iniciativas se ajusten al plan de desarrollo turístico cantonal que la ley ordena elaborar. Esas autorizaciones son posibilidades expresas del texto; no se transforman en obligaciones adicionales sin que la norma las establezca en forma diferente.
Se señala que los cantones de Moravia, Goicoechea y Vázquez de Coronado conforman el Territorio Rural N.° 29 del INDER. En ese contexto, el articulado faculta al INDER, en ejercicio de las competencias que le confiere la Ley N.° 9036, a destinar recursos del Fondo de Desarrollo Rural para financiar proyectos de turismo rural sostenible, rescate del patrimonio cultural y natural, encadenamientos productivos agropecuarios vinculados al turismo y fortalecimiento de organizaciones comunitarias con actividad turística en esos cantones. En el caso del cantón de Tibás, el proyecto indica que el INDER podrá brindar asistencia técnica y apoyo en la formulación de proyectos turísticos de base comunitaria, en coordinación con la municipalidad y el ICT.
Para implementar la declaratoria, el proyecto requiere la elaboración de planes de desarrollo turístico cantonales. El Poder Ejecutivo, por medio del ICT y en coordinación con las municipalidades de los cuatro cantones, deberá elaborar un plan de desarrollo turístico para cada cantón en un plazo no mayor a dieciocho meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley. Los planes deberán articularse con el Plan Nacional de Turismo y con el Plan de Desarrollo Rural Territorial del Territorio N.° 29, y priorizar aspectos como la conservación del patrimonio cultural y natural, la promoción de tradiciones y la generación de oportunidades de empleo locales.
Éste presentará a la Asamblea Legislativa, cada dos años a partir de la entrada en vigencia de la ley, un oficio con informe sobre los avances, resultados e impactos del desarrollo turístico en los cantones declarados de interés público. Ese informe incluirá indicadores sobre visitación, generación de empleo, inversión, encadenamientos productivos y recursos ejecutados por cada municipalidad e institución en cada cantón. Estas obligaciones de informe son las que el proyecto establece para monitorear la ejecución de las acciones previstas.
Etapa actual: En trámite
La ficha registra actividad legislativa, pero no permite ubicarla en una etapa más específica.
- Presentado
- En comisión
- Dictaminado
- En Plenario
- Primer debate
- Segundo debate
- Convertido en ley
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
Proponentes
Ver todos¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.
Evidencia disponible
Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.
Abrir consulta legislativaComentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.