Regulacion
RegulacionRegulacion20 de abril de 2026Fuente oficial

Proyecto 25511: Condonación de deudas del INDER a personas adultas mayores

El proyecto propone autorizar al Instituto de Desarrollo Rural (Inder) para que condone, totalmente, las deudas contraídas por personas físicas adultas mayores derivadas de programas de acceso a la tierra o financiamiento rural; está pendiente de aprobación.

Tener sesenta y cinco años o más al momento de la entrada en vigor de la ley; ser deudoras del Instituto de Desarrollo Rural (Inder) por asignación onerosa de tierras, por financiamiento del Fondo de Tierras o por créditos del sistema de crédito rural; y mantener obligaciones formalizadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.

El proyecto incorpora un diagnóstico con datos del propio Inder que identifica a 486 personas mayores de 65 años con deudas registradas ante la institución. Según ese informe, a la fecha del corte esas 486 personas “suman deudas por créditos del Fondo de Tierras por un total de ¢1 833 131,647 colones y de crédito rural por ¢ 518 635,042 colones, sumando a esa fecha un total de ¢2 351 766,689 colones”, monto que el texto advierte podría variar cuando se actualice si la ley se aprueba.

La condonación, según el articulado, será total y se apoya en criterios objetivos que deben cumplirse para acceder al beneficio; entre los criterios literales figuran que la persona tenga más de 65 años “cumplidos a la fecha de aprobación de esta ley” y que tenga “más de 4 años de mora en el pago del principal y los intereses al 31 de diciembre del 2025.”

Puede iniciarse de oficio mediante la identificación de las personas beneficiarias o a solicitud de parte cuando la persona interesada lo requiera. El trámite deberá ser “ágil, gratuito y simplificado, y será definido reglamentariamente”.

Los efectos materiales previstos son la condonación del saldo principal adeudado, de los intereses corrientes y moratorios, y de cargos adicionales, recargos y pólizas asociadas. Además, el proyecto obliga al Inder a gestionar la cancelación de gravámenes, hipotecas o anotaciones registrales vinculadas a la deuda y, cuando corresponda, la formalización de la titularidad plena del bien.

La reglamentación deberá dictarse en un plazo máximo de noventa días naturales a partir de su publicación y se autoriza al Inder a contratar temporalmente personal estrictamente necesario por un plazo máximo de doce meses. La norma “rige a partir de su publicación” si se aprueba.

El proyecto contiene diferencias internas de redacción que generan dudas sobre su alcance precise en dos puntos materiales: en la exposición de motivos aparece la expresión “condone, total o parcialmente, las deudas”, mientras que el articulado (Art. 1) usa “condone, totalmente, las deudas”; y la exigencia de edad aparece en un lugar como “Tengan sesenta y cinco años o más al momento de la entrada en vigor de la presente ley” y en otro como “Tener más de 65 años, cumplidos a la fecha de aprobación de esta ley”. Esas diferencias aparecen en el texto y podrían requerir aclaración en la versión final o en la reglamentación.

El expediente que registra esta iniciativa es el número 25511, presentado por el diputado Jorge Antonio Rojas López; la tramitación registrada indica presentación el 2026-04-20 y publicación el 2026-04-27 (Gaceta 76).

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En trámite

La ficha registra actividad legislativa, pero no permite ubicarla en una etapa más específica.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

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Respaldo oficial

Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.

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FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn trámite
Fecha de inicio20 de abril de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

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