Regulacion
RegulacionSalud25 de marzo de 2026Fuente oficial

Proyecto 25464: Adición de incisos finales en los artículos 1 y 7 de la Ley Nacional de Salud Mental (Ley 10412) para incluir la tutela de la salud cerebral

El proyecto propone añadir un inciso final a los artículos 1 y 7 de la Ley Nacional de Salud Mental (Ley 10412 del 29 de noviembre de 2023) para incorporar expresamente la tutela de la "salud cerebral" dentro del marco de esa ley; la iniciativa fue presentada con expediente número 25464 por la diputada Ada Gabriela Acuña Castro y está pendiente de aprobación.

El cambio que plantea la iniciativa es que, además de las disposiciones ya previstas en la Ley Nacional de Salud Mental, la norma incluya objetivos y una definición que reconozcan la salud cerebral y que obliguen al Estado a garantizar acciones concretas vinculadas a trastornos neurológicos y enfermedades neurodegenerativas. El texto propone que el abordaje estatal abarque promoción, prevención, diagnóstico temprano, tratamiento, rehabilitación y seguimiento de esos trastornos como parte integral del abordaje de la salud mental.

La propuesta afecta principalmente a las personas con trastornos neurológicos y enfermedades neurodegenerativas y, por extensión, a sus cuidadores y a las instituciones de salud que asumirían las acciones señaladas en el articulado si la iniciativa se aprueba. El proyecto incluye datos y proyecciones que motivan la medida, por ejemplo la mención de que "Más de 30,000 personas viven actualmente con algún tipo de demencia" y estimaciones de costos futuros que se usan para justificar la intervención.

En cuanto al texto concreto, la iniciativa incorpora una definición de "salud cerebral" que quedaría en el artículo de definiciones (Artículo 7) y que describe la salud cerebral como el "estado óptimo de funcionamiento neurológico que permite el desarrollo de las capacidades cognitivas, emocionales, motoras y sociales de las personas a lo largo del ciclo de vida". Esa definición serviría para orientar la interpretación de los objetivos y obligaciones que el proyecto propone añadir a la ley.

El expediente figura como Número de expediente 25464, fue presentado el 2026-03-25 por Ada Gabriela Acuña Castro, tiene fecha de publicación en la Gaceta No. 65 el 2026-04-10 y aparece remitido a la Comisión Sociales (Área II) para ingreso en el orden del día y debate en fechas registradas en el expediente. Estas anotaciones son parte del registro parlamentario del proyecto y muestran que la iniciativa sigue su curso en la Asamblea Legislativa.

"Artículo Único. Adiciónense un inciso final a los artículos 1 y 7...") y un párrafo que indica que la norma "Rige a partir de su publicación"; sin embargo, la propuesta todavía está pendiente de aprobación y los detalles sobre presupuesto, plazos operativos o responsables concretos para la implementación no se describen en los fragmentos citados, por lo que no puede concluirse a partir de este texto que dichas condiciones estén definidas definitivamente.

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En comisión

El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

Proponentes

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Respaldo oficial

Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.

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FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn comisión
Fecha de inicio25 de marzo de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

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