Regulacion
RegulacionRegulacion12 de marzo de 2026Fuente oficial

Proyecto 25447: Ley para garantizar el auxilio inmediato a personas menores de edad víctimas de violencia

El proyecto propone crear un deber legal de auxilio inmediato para personas menores de edad que estén siendo víctimas de violencia, mediante la reforma del artículo 144 del Código Penal (Ley N.º 4573). El texto presentado modifica el artículo 144 para tipificar como punible la omisión de auxilio en determinadas circunstancias y establecer las obligaciones y sanciones correspondientes. El proyecto está pendiente de aprobación.

El proyecto afecta a cualquier persona mayor de edad que encuentre a una persona menor de edad perdida, desamparada, herida o siendo víctima de violencia física, psicológica, sexual, patrimonial o de cualquier otro índole; también alude a casos de personas heridas o amenazadas. La obligación es prestar el auxilio necesario e inmediato “según las circunstancias” siempre que la persona mayor de edad pueda hacerlo “sin riesgo personal”.

En términos de sanciones, el texto dispone que la omisión de auxilio será reprimida con una multa equivalente al monto de un salario mínimo establecido por la Ley No. 7337, del 5 de mayo de 1993. El proyecto además faculta al juez para aumentar la sanción cuando, al valorar las circunstancias, se determine una “especial gravedad en la omisión” y para considerar las condiciones personales del autor, sus posibilidades económicas y los efectos y la gravedad de la acción.

Cuando la obligación de auxilio se trate de una persona menor de edad, el proyecto añade un deber adicional: se debe dar aviso sobre la situación a las autoridades competentes, como la Fuerza Pública, el Patronato Nacional de la Infancia u otras instancias públicas dedicadas a la atención de personas menores de edad, “garantizando siempre la prevalencia del Interés Superior del Niño”.

Si, como consecuencia de la omisión de prestar auxilio, sobreviniere grave daño físico, emocional o material, o la muerte para la persona menor de edad, el proyecto establece una pena privativa de libertad de un mes a un año de prisión.

El texto de exposición de motivos menciona normas internacionales (por ejemplo la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Costa Rica) y argumentos sobre la necesidad de intervención rápida para proteger a menores y prevenir daños mayores. Según el registro oficial, el expediente es el número 25447, fue presentado por la diputada María Marta Carballo Arce, con fecha de inicio 2026-03-12 y fecha de publicación 2026-04-06; el proyecto indica además que la norma “rige a partir de su publicación”.

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En comisión

El expediente está asignado o en estudio en una comisión legislativa.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

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Respaldo oficial

Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.

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FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn comisión
Fecha de inicio12 de marzo de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

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