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RegulacionRegulacion26 de febrero de 2026Fuente oficial

Proyecto 25421: Cambio al artículo 132 para limitar la elección del Presidente y Vicepresidente a quienes no hayan servido dos periodos presidenciales

El proyecto propone modificar el inciso primero del artículo 132 de la Constitución Política para ajustar el régimen de inelegibilidad presidencial y adaptarlo a principios de proporcionalidad y razonabilidad, con el objetivo declarado de fortalecer el principio democrático en la elección del Presidente y Vicepresidente. La exposición de motivos indica que la iniciativa busca adecuar el régimen de inelegibilidades previsto en el inciso primero del artículo 132 a los principios democráticos, de proporcionalidad y de razonabilidad que informan el ordenamiento constitucional costarricense. Está pendiente de aprobación.

La propuesta cambia la redacción del artículo 132 para establecer que "No podrá ser elegido Presidente ni Vicepresidente: 1) El que hubiera servido a la Presidencia por dos períodos presidenciales." Esa redacción específica condiciona la inelegibilidad a haber servido dos periodos presidenciales completos, según el texto del artículo propuesto.

Esa redacción difiere del criterio que estaba vigente en el inciso primero del artículo 132 según el texto que cita el proyecto, que impedía ser elegido a quien hubiese servido la Presidencia "en cualquier lapso dentro de los ocho años anteriores al período para cuyo ejercicio se verificare la elección" o a quien la hubiere servido "durante la mayor parte de cualquiera de los períodos que comprenden los expresados ocho años." Con ese cambio, la restricción dejaría de estar formulada alrededor del plazo de ocho años y se articularía en torno al tope de haber desempeñado dos periodos presidenciales.

Según el propio proyecto, la intención práctica es "ampliar razonablemente el ámbito de elección del pueblo sin afectar el principio de alternancia"; es decir, el documento plantea que la reforma permite más opciones de candidaturas al remover la barrera temporal de ocho años, al tiempo que mantiene una limitación contra la perpetuación en el poder fijando como prohibición haber ejercido ya dos periodos presidenciales. El texto del proyecto presenta ese efecto como compatible con el sistema de pesos y contrapesos y con la alternancia en el ejercicio del poder.

El expediente que registra esta iniciativa es el número 25421, presentado el 2026-02-26 y publicado el 2026-03-12; los proponentes encabezados en el registro son Leslye Rubén Bojorges León y otros diputados señalados en el documento. El proyecto está en trámite parlamentario (presentación/ingreso en el orden del día) y, mientras no apruebe formalmente la Asamblea Legislativa, la redacción propuesta solo es una iniciativa y no una norma vigente.

Ciclo de vida legislativo

Etapa actual: En Plenario

La ficha ubica el expediente en trámite ante el Plenario legislativo.

  1. Presentado
  2. En comisión
  3. Dictaminado
  4. En Plenario
  5. Primer debate
  6. Segundo debate
  7. Convertido en ley

La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.

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Respaldo oficial

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FuenteProyectos de ley
OrganizacionAsamblea Legislativa
Etapa legislativaEn Plenario
Fecha de inicio26 de febrero de 2026

Evidencia disponible

Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.

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