Proyecto 22783: Reforma del inciso 1) del artículo 150 del código procesal contencioso administrativo, ley n°8508 del 1 de enero de 2008, ley para garantizar la economía procesal en el recurso de casación
¿Qué propone? Busca modificar el inciso 1) del artículo 150 del código procesal contencioso administrativo, ley n°8508 del 1 de enero de 2008, ley para garantizar la economía procesal en el recurso de casación. El alcance concreto depende del articulado y puede cambiar durante la discusión legislativa.
La ficha registra el expediente como archivado; la propuesta no se convirtió en ley dentro de ese trámite. El expediente oficial se identifica con el número 22783.
Etapa actual: Archivado. El expediente fue archivado y dejó de avanzar dentro de ese trámite.
La Asamblea Legislativa lo registró el 16 de noviembre de 2021 como Procedimiento proyecto de ley ordinario.
La ficha oficial identifica como proponente a José María Villalta Florez Estrada.
El movimiento más reciente incluido en la ficha es «Recepción en la secretaría del directorio (plenario)» en Plenario, con fecha 27 de abril de 2023. Este dato describe el trámite registrado y no equivale a la aprobación del proyecto.
La consulta oficial permite revisar la secuencia completa del expediente 22783 y comprobar cualquier movimiento posterior.
Etapa actual: Archivado
El expediente fue archivado y dejó de avanzar dentro de ese trámite.
La etapa se determina con el último movimiento registrado en la ficha oficial y puede cambiar en una corrida posterior.
Proponentes
Ver todos¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Esta publicación se basa en la ficha oficial del expediente legislativo. Consulte la Asamblea Legislativa para verificar su estado y movimientos más recientes.
Evidencia disponible
Los datos se extrajeron de la consulta oficial de expedientes. La fecha mostrada corresponde al inicio registrado; consulte la ficha para comprobar movimientos posteriores.
Abrir consulta legislativaComentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.