Aviso de protocolización de acta para cambiar el domicilio social (IN202601137218)
Mediante la escritura pública número 46, iniciada al folio 51 frente del tomo 27 del protocolo y fechada el veintiuno de setiembre del dos mil veintiséis, los socios protocolizaron un acta en la que solicitan modificar la cláusula segunda (el domicilio social) de su sociedad. El notario que protocolizó el instrumento es el Lic. Marcos Fernández Herrera, Abogado y Notario Público. El aviso fue publicado una vez en La Gaceta con la referencia IN202601137218.
La redacción literal que figura en el documento y que los socios solicitan incorporar a la cláusula segunda es: “Su domicilio social será en Barrio San Bosco, distrito La Colonia, cantón Pococí, de la provincia de Limón, en la Casa de Administración de Finca Manikeda, de la Escuela doscientos metros al sur y cincuenta metros al este”. Ese texto se transcribe tal cual en la escritura.
La medida afecta a la sociedad cuyos socios firmaron el acta. El aviso no identifica el nombre de la sociedad ni otros datos de la misma; por tanto, con la evidencia disponible solo puede afirmarse que los socios de una sociedad no identificada solicitaron ese cambio de domicilio y lo protocolizaron en la fecha indicada.
La evidencia registra la existencia de la escritura pública (n.º 46) y la transcripción literal del nuevo domicilio solicitado, y muestra la fecha de protocolización y el notario actuante. Por tanto, no puede afirmarse, a partir de la evidencia, que la modificación esté vigente frente a terceros; solo consta la solicitud protocolizada en la fecha indicada.
escritura pública número 46; iniciada al folio 51 frente del tomo 27 del protocolo; fecha de la escritura: veintiuno de setiembre del dos mil veintiséis; notario: Lic. Marcos Fernández Herrera, Abogado y Notario Público; publicación: una vez en La Gaceta, referencia IN202601137218. Estos son los hechos que el documento registra según la fuente oficial.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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