Edicto sobre la solicitud de registro del producto veterinario ACCUREMAX 20%
El Departamento de Medicamentos Veterinarios del Servicio Nacional de Salud Animal publicó un edicto que comunica la presentación de una solicitud para registrar un producto veterinario llamado ACCUREMAX 20%. El edicto no concede ni deniega el registro; informa la solicitud y abre el plazo para que terceros puedan oponerse.
El producto que se pretende registrar es ACCUREMAX 20%, fabricado por ALURA ANIMAL HEALTH & NUTRITION SAS, de Colombia. El documento oficial señala los principios activos: ractopamina clorhidrato 20 g/100 g. Las indicaciones consignadas por el solicitante son: mejorar la eficiencia alimenticia, incrementar la ganancia de peso, aumentar el porcentaje de rendimiento de la canal y reducir la deposición de grasa en la carne durante la etapa de finalización en cerdos.
El edicto afirma que “la información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG)”.
El edicto cita a “terceros con derecho a oponerse” y les da un término de 5 días hábiles para presentar su oposición ante el Departamento de Medicamentos Veterinarios. Ese plazo se cuenta a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta. El propio edicto no detalla el formato, los requisitos probatorios, los efectos de una oposición ni los pasos posteriores que seguirá el Departamento tras recibir oposiciones.
El edicto está fechado en Heredia y firmado a las 9 horas del 28 de octubre del 2026 por el Dr. Julián Pastor Pacheco, del Departamento de Medicamentos Veterinarios. El expediente o registro de publicación oficial asociado (documento disponible en la Imprenta Nacional) corresponde al listado de La Gaceta en la fecha 04/11/2026 según la dirección del documento en la publicación oficial (véase la URL del PDF en La Gaceta). Según el texto del edicto, el cómputo del plazo de 5 días hábiles comienza al día siguiente de la publicación en La Gaceta; por tanto, la fecha exacta de inicio del plazo depende de la fecha efectiva de esa publicación oficial.
Esos terceros pueden presentar una oposición ante el Departamento de Medicamentos Veterinarios dentro del término de 5 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en La Gaceta. El edicto no describe requisitos del contenido de la oposición ni el efecto procesal que tendrá.
El documento comunica la solicitud de registro y la apertura del plazo para oposiciones; no constituye una autorización sanitaria ni un dictamen técnico final sobre la seguridad, eficacia o uso del producto. Cuando el edicto indica que la “información del producto cumple con lo requerido” se limita a esa declaración textual; el edicto no publica el detalle del análisis administrativo ni el resultado de un procedimiento de aprobación final.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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