Nombramiento de gerente y atribuciones amplias en la sociedad “Tres‑Ciento Dos‑Nueve Cuatro Seis Ocho Tres Cero S.R.L.” (Acta de Asamblea extraordinaria protocolizada)
Se registró en escritura pública y en la Gaceta un acta de la Asamblea Extraordinaria de Cuotistas de la sociedad denominada Tres‑Ciento Dos‑Nueve Cuatro Seis Ocho Tres Cero Sociedad de Responsabilidad Limitada (cédula jurídica indicada en el acta). El acta fue adoptada en la asamblea del catorce de octubre de dos mil veintiséis y quedó protocolizada por escritura número ciento noventa y siete‑tres el diecinueve de octubre de dos mil veintiséis; la inscripción en la Gaceta aparece con fecha veintinueve de octubre de dos mil veintiséis (referencia IN202601137091).
1) se revoca el nombramiento del gerente anterior; 2) se reforman cuatro cláusulas del pacto constitutivo —la sexta (certificados), la séptima (representación), la novena (inventarios y balances) y la décima (asambleas)—; y 3) se establece que la administración y la representación de la sociedad estarán a cargo de un Gerente que actuará con facultades de apoderado generalísimo “sin límite de suma”, y se nombra para ese cargo a Olman Esteban Gómez Quesada por todo el plazo social.
En la práctica, esto significa que la sociedad delegó en una sola persona —el Gerente nombrado— tanto la administración cotidiana como la representación frente a terceros, y le otorgó poderes amplios de apoderado generalísimo sin limitación en el monto que puede disponer.
La evidencia proviene de la publicación oficial en La Gaceta (Imprenta Nacional) y de la escritura pública protocolizada ante la notaría, firmada por la Notaria Pública Licda. Dayan de los Ángeles Bermúdez Espinoza. El acta y su protocolización formalizan la revocatoria del gerente anterior, la modificación estatutaria indicada y el nombramiento de Olman Esteban Gómez Quesada con las atribuciones señaladas. Cualquier detalle adicional sobre el contenido exacto de las cláusulas reformadas, la duración precisa del “plazo social” en años, o condiciones internas de ejercicio del cargo no aparece en el texto publicado y por tanto no puede afirmarse aquí.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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