Inscripción de reforma estatutaria de la Asociación de Desarrollo Integral de Salitrillos: cambio en el artículo 17 y emplazamiento para presentar reparos
La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad, DINADECO) publicó un aviso sobre la inscripción de una reforma al estatuto de la Asociación de Desarrollo Integral de Salitrillos de Concepción de la Unión, registro 616. La reforma propuesta modifica el artículo 17 del estatuto y el texto publicado define la estructura, el método de elección y la duración del cargo de la junta directiva.
se hace constar la solicitud de inscripción de la reforma del artículo 17 y se indica que la modificación consta en el folio 18 del libro de actas de la organización. El aviso también informa que la reforma fue aprobada en asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el 14 de marzo del 2026.
establece que la junta directiva es el órgano encargado de dirigir y orientar la asociación, que estará “integrada por siete miembros como mínimo: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero, cuatro vocales y un fiscal”, y que estos cargos “serán nombrados del seno de la asamblea general en votación secreta, individual y por mayoría de votos”. Añade que los cargos “Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos consecutivamente y en forma indefinida, según sea evaluada y metas cumplidas, proyectos ejecutados al concluir cada administración según la ley 3859 y su reglamento siempre y cuando se cumplan los objetivos presentados ante la asamblea.”
el aviso contiene una contradicción o inconsistencia numérica en la frase citada: afirma que la junta estará “integrada por siete miembros como mínimo” y a continuación enumera puestos que suman nueve (presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, cuatro vocales y un fiscal). Esa contradicción aparece en el texto publicado y no puede resolverse con la información disponible en este aviso; por tanto no se puede concluir cuántos cargos ni qué combinación exacta de puestos debe entenderse como vigente hasta que el registro o la propia organización aclare el contenido.
el aviso emplaza, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859, a cualquier persona —pública o privada— y en especial a la Municipalidad, a que formule por escrito los reparos que estime pertinentes contra la inscripción en trámite. El plazo para presentar esos reparos es de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.
presentar por escrito los reparos a la Dirección Legal y de Registro de la DINADECO dentro del plazo de ocho días hábiles contado desde la publicación del aviso.
la reforma está registrada como visible en folio 18 del libro de actas de la asociación y el aviso fue fechado en San José a las catorce horas del diecisiete de setiembre del dos mil veintiséis, según el texto publicado.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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