Notificación de resolución de la Oficina Local de El Guarco: revocación de medida de cuido y retorno con la progenitora
La Oficina Local de El Guarco dictó una resolución (hora y fecha señaladas en el edicto) que revoca una “medida de cuido” previa y, en su lugar, ordena el retorno con la progenitora a favor de las personas menores identificadas como M.C.G.M. y P.V.R.M. El destinatario del edicto es el señor Diego José Ramírez Araya, a quien se le comunica y notifica esa resolución.
Afecta directamente a las dos personas menores mencionadas (M.C.G.M. y P.V.R.M.) y a Diego José Ramírez Araya por ser la persona a quien se le notifica el acto administrativo. En la práctica, el cambio concreto es que la medida de cuidado que existía fue dejada sin efecto y, en su lugar, se dispone que las menores retornen con su progenitora. El edicto no describe aquí las circunstancias de la medida previa ni los términos del regreso (por ejemplo, fecha exacta de entrega, condiciones de supervisión o seguimiento), por lo que esos detalles no pueden afirmarse a partir de la evidencia disponible.
Contra esta resolución se puede interponer el recurso de apelación. El plazo para presentar la apelación es dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto. La Presidencia Ejecutiva será la autoridad encargada de resolver ese recurso de apelación. El edicto obliga además a que la persona o parte que deba recibir notificaciones señale un lugar para atenderlas dentro del perímetro de la Oficina Local de El Guarco; si esa designación no se hace, las resoluciones posteriores se considerarán notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
El documento menciona el expediente administrativo N° OLC-00228-2012 y está emitido por la Oficina Local El Guarco, con firma de la Licda. Natalie Alvarado Torres, Órgano Director del Procedimiento Administrativo. Esta comunicación fue publicada en La Gaceta, de la Imprenta Nacional (documento disponible en la edición del 04/11/2026 según la referencia publicada).
El edicto notifica la decisión principal y los mecanismos de apelación y notificación, pero no incluye detalles sobre cómo y cuándo se hará efectivo el retorno con la progenitora, ni describe condiciones de custodia, seguimiento o medidas complementarias. Si necesita ejecutar o responder a este acto (por ejemplo, interponer apelación o señalar lugar de notificaciones), la evidencia obliga a hacerlo dentro de los plazos y condiciones que indica el propio edicto.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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