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La GacetaRegulacion04 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Inicio de Proceso Especial de Protección y medida cautelar de cuido provisional en favor de una persona menor de edad (Expediente OLPZ-00245-2020)

Esto consta en la resolución de las 9:14 del 3 de setiembre de 2026, y la medida de cuido provisional fue ampliada por resolución de las 9:45 del 30 de setiembre de 2026, según el expediente administrativo número OLPZ-00245-2020.

se le confiere un plazo de cinco días hábiles para presentar alegatos y ofrecer las pruebas que considere pertinentes. También tiene derecho a asesorarse y representarse por abogado y por técnicos de su elección. El expediente permanecerá a disposición para consulta y fotocopia en la Oficina Local de Pérez Zeledón durante días y horas hábiles; la sede está ubicada “Pérez Zeledón, 400 metros oeste del Banco Nacional que está frente al Parque de San Isidro”.

Debe indicar un lugar conocido y un número de fax para recibir notificaciones. Si no lo hace, o si el lugar o medio indicado es impreciso, inexacto desaparece o el medio electrónico está desconectado sin suficiente provisión de papel, o por cualquier otra causa no imputable a la institución la comunicación se interrumpe, “las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas”, conforme a la aplicación supletoria mencionada en el documento.

Contra esta resolución procede recurso de apelación. El recurso se debe presentar ante la misma Oficina Local, de forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. La Presidencia Ejecutiva de la entidad resolverá el recurso; su sede está en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de 7:30 a 16:00. Pueden ofrecerse pruebas en la apelación. Si el recurso se presenta fuera del plazo, será inadmisible. La presentación del recurso de apelación no suspende la aplicación del acto recurrido.

El aviso ordena además la publicación “por tres veces consecutivas”. La comunicación fue emitida por la Oficina Local de Pérez Zeledón y firmada por la Licda. María Araya Chavarría, Representante Legal. La fuente oficial de esta información es La Gaceta (Imprenta Nacional), según el documento dado en el expediente N° OLPZ-00245-2020. Si algún fragmento del texto oficial resulta ambiguo o incompleto, esta explicación se limita a lo que aparece en el documento citado y no añade interpretaciones adicionales.

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Publicacion04 de noviembre de 2026
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