Notificación de resolución de medida de cuido provisional dirigida a los progenitores de una persona menor de edad
Se notifica a Natalia María Muñoz Calderón y a Ermes Liberato Junior, quienes son progenitores de la persona menor identificada como TLM, sobre una “resolución de medida de cuido provisional” fechada a las nueve horas cero minutos del 24 de setiembre de 2026. El documento proviene de la Oficina Local de San Miguel, Desamparados, y el expediente está registrado como OLTA-00103-2020. La representante legal que firma la notificación es la Licda. Brenda León Bolaños.
1) que existe esa resolución de medida de cuido provisional; 2) que deben apersonarse (presentarse) a la Oficina Local de San Miguel; y 3) que se ponen en conocimiento los hechos denunciados y se les concede la posibilidad de presentar prueba que consideren pertinente.
pueden presentar prueba testimonial o documental en forma física. Si la prueba es en formato de audio o video, deberá entregarse en cualquier medio o dispositivo electrónico de almacenamiento de datos; esos archivos se conservarán dentro del expediente. La notificación no describe en el texto reproducido cuál es el contenido concreto de la medida de cuido provisional (por ejemplo, su alcance, si cambia dónde vive el menor, restricciones o responsabilidades específicas) ni indica una fecha, hora o plazo exacto para que los progenitores comparezcan ante la oficina.
En consecuencia, con base únicamente en el contenido publicado en La Gaceta, lo que cambia en la práctica es que los progenitores están formalmente informados de la existencia de una resolución de cuido provisional y se les requiere presentarse en la Oficina Local de San Miguel y aportar la prueba que consideren necesaria según las reglas indicadas. El documento no permite concluir otras obligaciones, sanciones, plazos o efectos concretos de la medida porque esos detalles no aparecen en la copia de la notificación incluida en La Gaceta.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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