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La GacetaAmbiente04 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Delegación de funciones de la Alcaldía a la Vicealcaldía Primera de Barva (Resolución N° 10-2026)

La Alcaldesa Municipal de Barva de Heredia, Alejandra Arce Zárate, mediante la Resolución N° 10-2026, comunica y formaliza la delegación de un conjunto específico de funciones administrativas y operativas a Luis Bladimir Méndez Álvarez, quien fue declarado Vicealcalde Primero electo por el Tribunal Supremo de Elecciones. La resolución fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta y aparece en el expediente IN202601136861.

La resolución lista las funciones que pasan a desempeñar bajo esa delegación. Son las siguientes: I. Coordinación de la Comisión Municipal de Emergencia (CME). II. Seguimiento a la mejora continua de los servicios institucionales según los departamentos que se le asignen. III. Supervisión y seguimiento de proyectos, obras, construcciones y mantenimiento relativos a: la Unidad Técnica de Gestión Vial; el Departamento de Ingeniería; Catastro y Bienes Inmuebles; y Obras Civiles. IV. Trabajo y contacto directo con patentados y comerciantes del cantón, en conjunto con el departamento de patentes. V. Participación en las comisiones municipales señaladas: Comisión Hídrica y Comisión de Seguridad. VI. Participación y seguimiento en temas del departamento de acueductos y gestión ambiental. VII. Participación y seguimiento en iniciativas relacionadas con la seguridad cantonal, en conjunto con la policía municipal. VIII. Participación y seguimiento en proyectos y actividades del departamento de cultura, turismo y deporte. IX. Atención de audiencias cuando la Alcaldesa indique que requiere de su apoyo. X. Acompañamiento en tareas específicas cuando la Alcaldesa se lo solicite.

La resolución establece límites a la delegación. Indica textualmente que “Cualquier otra función administrativa u operativa no indicada debe ser avalada por mi persona”, es decir, la Alcaldesa conserva la facultad de aprobar funciones adicionales que no aparecen en la lista. También instruye al Vicealcalde Primero a mantener comunicación continua con la Alcaldesa sobre las tareas asignadas y a informar de inmediato cuando un asunto requiera “del nivel superior de autorización”. Estas dos instrucciones son condiciones que condicionan la autonomía del funcionario delegado en asuntos no listados o en asuntos que requieran autorización superior.

La resolución dispone que las funciones “entran a regir” a partir de la comunicación de la misma. Además señala que, por oportunidad y conveniencia, en cualquier momento se pueden generar cambios que fortalezcan la actuación de la Alcaldía, siempre siguiendo el debido proceso regulado en el numeral 14 bis del Código Municipal. En la práctica, esto significa que las funciones pueden modificarse posteriormente, pero esos cambios deben tramitarse conforme a lo indicado en la norma citada.

La resolución ordena notificar al señor Vicealcalde Primero, comunicar lo acordado al Concejo Municipal y a las dependencias de la Municipalidad, y publicar la delegación en el Diario Oficial La Gaceta. La resolución menciona como antecedentes normativos el Código Municipal, la Ley General de la Administración Pública y la Ley General de Control Interno, y la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones número 3423-M del 12 de mayo de 2026 que declaró electos a la Alcaldesa y al Vicealcalde Primero. Estas referencias aparecen en el texto como fundamento; la explicación anterior se limita a los efectos y condiciones que el documento establece.

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Publicacion04 de noviembre de 2026
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