Notificación a Jesús Mendoza Picado sobre resolución a favor del menor JAMC; audiencia escrita, plazo para apelación y reglas de notificación
Se notifica a Jesús Mendoza Picado que existe una resolución emitida por la Oficina Local de Paraíso "de las ocho horas del veintidós de setiembre del año dos mil veintiséis" que fue dictada a favor de la persona menor de edad identificada como JAMC. Junto con la resolución se pone en conocimiento un informe fechado el 10 de setiembre del año dos mil veintiséis, elaborado por la licenciada Karol Chaves Molina.
La notificación concede a Jesús Mendoza Picado una audiencia por escrito. Tiene un plazo de tres días posteriores a la notificación para presentar por escrito sus observaciones sobre el proceso y aportar las pruebas que considere pertinentes. Es decir, desde el momento en que se le notifique, cuenta con tres días para enviar su escrito y las pruebas que quiera integrar al expediente.
Se le exige que señale un lugar de domicilio conocido para recibir notificaciones; ese lugar debe estar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de la Oficina Local de Paraíso. Como alternativa, puede indicar un correo electrónico para recibir por esa vía las notificaciones que puedan practicarse por medios electrónicos. La comunicación advierte que, si no señala un lugar ni un correo, o si el lugar indicado resulta inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de haber sido dictadas.
Contra la presente resolución procede un recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución. Ese recurso debe interponerse ante la Representación Legal que emite la notificación (la Oficina Local de Paraíso) dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación a las partes. El texto indica expresamente que si el recurso se presenta fuera de ese término, “el recurso deviene en inadmisible”.
La notificación ordena su publicación por tres veces consecutivas en La Gaceta. El expediente se identifica como N° OLPR-00192-2026 y la comunicación está firmada por la Licda. Flor Robles Marín, Representante Legal de la Oficina Local de Paraíso.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.