Inicio de proceso especial de protección y medida de cuido provisional a favor de menor (resolución de las trece horas cincuenta y siete minutos del catorce de agosto dos mil veintiséis)
La resolución comunicada a Jonathan Enrique Vásquez Guillén informa que, mediante la resolución dictada a las trece horas cincuenta y siete minutos del catorce de agosto dos mil veintiséis, se inició un proceso especial de protección en sede administrativa y se dictó una medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad identificada como KCVG. La notificación ordena además que las partes (se entiende, incluido el destinatario) deben señalar un lugar, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones. Si no lo hacen, o si el lugar o medio señalado es inexacto, desaparece, resulta defectuoso, está desconectado, no tiene suficiente papel u ocurre cualquier otra situación no imputable a la institución que interrumpa la comunicación de resoluciones futuras, esas resoluciones quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas.
Contra esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y, en subsidio, apelación. Ambos recursos deben interponerse ante la Representación Legal de la institución dentro del tercer día hábil siguiente a la fecha de la última notificación a las partes. El recurso de revocatoria será conocido por la misma Representación Legal; el recurso de apelación será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución. Si los recursos se presentan fuera de ese término, se consideran inadmisibles.
La resolución además previene a las partes que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho y a acceder al expediente administrativo para su estudio, revisión o fotocopias. El documento fue emitido por la Oficina Local de Matina y firmado por la Licda. Dunia Alemán Orozco, Órgano Director del Procedimiento.
deben indicar un domicilio, fax o correo electrónico para recibir notificaciones; conocer los plazos para recurrir (tres días hábiles desde la última notificación); y pueden solicitar asesoría legal y acceso al expediente administrativo.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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