Notificación de varias resoluciones y otorgamiento de audiencia por tres días hábiles a dos personas
Se notifica a Carlos Francisco Madriz Mora y a José Alfonso Quiñones Angulo (identificados en el texto como nicaragüenses) la existencia de varias resoluciones emitidas en distintas fechas y horas: la resolución de las veintitrés horas y diez minutos del nueve de agosto del año dos mil veintiséis; la de las dieciséis horas del veintiséis de agosto del año dos mil veintiséis; la de las nueve horas con veinte minutos del siete de setiembre del año dos mil veintiséis; y la de las catorce horas del veintiuno de setiembre del año dos mil veintiséis. A ambos se les confiere audiencia por tres días hábiles para que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias.
El aviso les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y por técnicos de su elección. También se les informa que pueden consultar el expediente en días y horas hábiles en la oficina local señalada. Para fotocopiar el expediente administrativo hay un horario establecido: de siete horas treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles. El expediente permanecerá a disposición en la oficina local de Puerto Viejo, Sarapiquí, Heredia, frente a la antigua oficina de Migración y Extranjería. La notificación aparece firmada por Lic. Luis Emilio Navarrete Ruiz como representante legal.
Por lo tanto, no puede saberse, a partir de este documento, cuál es la decisión específica contenida en cada resolución ni qué consecuencias legales concretas generan. La publicación de este aviso proviene de La Gaceta (Imprenta Nacional) según la referencia de la evidencia.
En la práctica, lo que cambia es que las dos personas notificadas (o sus representantes) tienen ahora un plazo de tres días hábiles para presentar alegatos y pruebas ante la oficina local mencionada; pueden asesorarse y representar por profesionales; pueden consultar el expediente en días y horas hábiles y fotocopiarlo dentro del horario indicado. Más allá de eso, la evidencia no permite describir otras obligaciones, permisos, montos, sanciones o efectos asociados a las resoluciones notificadas.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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