Resolución de archivo final del proceso especial de protección (expediente OLPJ-00058-2023): notificación, plazo para alegatos y apelación
Esta publicación comunica la “resolución de las once horas treinta y nueve minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil veintiséis, Resolución de archivo final” del proceso especial de protección con expediente administrativo número OLPJ-00058-2023.
La decisión principal registrada es el archivo final del proceso de protección a favor del menor K.B.M.
Se concede a la persona notificada un plazo de tres días hábiles para comparecer y presentar alegatos y las pruebas que estime necesarias. La persona tiene derecho a asesorarse y a ser representada por abogado y por técnicos de su elección. Además, se le informa que puede consultar y fotocopiar las piezas del expediente, las cuales estarán disponibles en la Oficina Local de Puerto Jiménez en días y horas hábiles; la ubicación indicada es Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, contiguo a Super Servicio Las Palmas.
La notificación exige que las partes señalen un lugar conocido y un número de facsímil para recibir comunicaciones. El texto advierte que si no se señala ese lugar o si el lugar o el medio electrónico señalado son inexactos, desaparecen o fallan por razones no imputables a la institución, «las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas», conforme a la aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Esto describe la consecuencia de no mantener un medio de notificación válido, pero el documento no precisa trámites para corregirlo más allá de la advertencia.
Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación. El recurso debe presentarse ante el mismo despacho, de forma verbal o por escrito, dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación. El recurso será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad, cuya ubicación señalada es San José, Barrio Luján, en horas hábiles de 7:30 a 16:00. Al presentar la apelación, las partes pueden ofrecer pruebas adicionales. Si la apelación se presenta fuera del plazo indicado, será inadmisible. La presentación del recurso de apelación no suspende la aplicación del acto recurrido (es decir, la resolución seguirá surtiendo efectos mientras se decide la apelación).
La publicación ordena que se publique el aviso «por tres veces consecutivas». El expediente citado es OLPJ-00058-2023 y la comunicación proviene de la Oficina Local de Puerto Jiménez, firmada por la Licda. Nancy María Sánchez Padilla, Representante Legal.
Si algún fragmento del texto oficial está incompleto o fuera de contexto (por ejemplo, no se explican las causas del archivo), este resumen se limita a lo que el documento comunica textualmente y no infiere motivos ni efectos distintos a los que expresa.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.