Solicitud de registro de marca para uniformes (clases 25 y 40) — publicación para oposiciones
La publicación informa que se presentó una solicitud para registrar una marca destinada a uniformes en dos clases internacionales: clase 25 (prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería, todos para uniformes) y clase 40 (confección de prendas, costura, corte y confección a la medida y servicios de sastres, todos para uniformes). El documento no adjudica la marca; registra la solicitud y convoca a terceros interesados para oponerla dentro del plazo legal.
Se indica un domicilio en Tres Ríos, La Unión, con referencia a la sucursal de la CCSS en Cartago. La solicitud se presentó el 04 de marzo de 2026 y la fecha consignada en el edicto es 12 de mayo de 2026. El aviso aparece en La Gaceta (Imprenta Nacional).
Se solicita la inscripción de un signo como marca de fábrica y de servicios para identificarlos en el comercio, exclusivamente respecto de: (a) productos de la clase 25: “Prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería, todos ellos para uniformes”; y (b) servicios de la clase 40: “confección de prendas de vestir, costura, corte y confección a la medida y servicios de sastres, todos lo anterior para uniformes”. En la práctica esto significa que, si la marca llegara a registrarse, su titular tendría derecho a usar la marca para distinguir esos productos y servicios y a oponer el uso por terceros en esos mismos renglones, dentro de los límites y reservas que se indican en el edicto. El edicto no dice que la marca ya esté concedida.
El anuncio incluye dos limitaciones expresas. Primero, “el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud”, es decir, la protección se limita a la forma gráfica o diseño registrado y no necesariamente a variantes no registradas. Segundo, se cita la regla que aplica cuando la marca es una etiqueta o un conjunto de elementos: la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio. Estas limitaciones provienen del propio Reglamento y de la ley mencionada en el edicto; se aplican para determinar qué partes del signo quedan protegidas.
Se cita a terceros interesados a presentar oposiciones para defender sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Eso significa que cualquier persona o empresa que considere que la inscripción perjudicaría sus derechos dispone de ese plazo de dos meses desde la primera publicación para presentar su oposición formal ante el registro correspondiente.
También menciona que la publicación se realiza conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 7978. La funcionaria que firma el aviso es Ivonne Mora Ortega, Registradora. La fuente oficial es La Gaceta (Imprenta Nacional).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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