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La GacetaRegulacion04 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Solicitud de registro de marca presentada por Corn Products Development Inc. (Solicitud N° 2026-0010885)

Se publicó en La Gaceta una solicitud de inscripción de marca de fábrica y comercio presentada a nombre de Corn Products Development Inc., representada por María De La Cruz Villanea Villegas. Es una solicitud; el registro todavía no está concedido. Lo que pide la empresa: inscribir la marca en las clases internacionales 1, 5 y 30 para proteger y distinguir una lista amplia de productos y usos relacionados con almidones, dextrinas, jarabes, polímeros, resinas, aditivos alimentarios, edulcorantes, fibras dietéticas, minerales de origen vegetal, excipientes y otros insumos industriales, farmacéuticos, alimentarios y para piensos, según se detalla por clase en la solicitud. Alcance y condiciones señaladas en la solicitud: la protección solicitada se hará “tal y como aparece en la solicitud”, según la reserva expresada de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978. Además, se indica que, de acuerdo con el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos, cuando la marca consista en una etiqueta compuesta por varios elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesarios en el comercio. Plazos y trámites que siguen abiertos: la solicitud fue presentada el: 28 de agosto de 2026. Se publica un edicto para acumular con fecha: 20 de octubre de 2026. Se cita a terceros interesados para que, si lo desean, defiendan sus derechos ante este Registro dentro de los dos meses siguientes contados a partir de la primera publicación de este edicto. Qué significa en la práctica: la empresa pide que el Registro de Marcas inscriba su signo para usarlo y protegerlo frente a otros en los productos y usos enumerados. Mientras la solicitud siga en trámite, no hay aún un registro definitivo; terceras personas que consideren que la inscripción les afecta tienen un plazo de dos meses desde la primera publicación del edicto para presentar oposición o alegar sus derechos. Límites materiales expresos: la protección se limita a la forma en que la marca aparece en la solicitud y no alcanza, según lo indicado, los elementos de la etiqueta que sean de uso común o necesarios en el comercio. Información administrativa publicada: la nota en La Gaceta incluye el nombre de la registradora: Katherine Jiménez Tenorio, e identifica el expediente con el código (IN202601136314).

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Publicacion04 de noviembre de 2026
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