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La GacetaTarifas y servicios publicos04 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Proyecto de Reforma del Artículo 50 de la Constitución: reconocer el derecho a la alimentación y la soberanía alimentaria

El documento es un proyecto de reforma constitucional presentado a la Asamblea Legislativa (expediente N.º 25.874) cuya propuesta es modificar el artículo 50 de la Constitución Política para incorporar expresamente el derecho humano a la alimentación y la obligación estatal de preservar la soberanía alimentaria. El texto propuesto incluye la redacción completa del nuevo artículo 50 y establece que la reforma rige a partir de su publicación.

La redacción propuesta añade varios derechos y obligaciones al artículo 50. Primero, mantiene la redacción sobre el bienestar general, el ambiente sano, y el acceso al agua potable, y amplía el contenido reconociendo que “toda persona tiene derecho a una alimentación suficiente, nutritiva, segura y con agua potable” que le permita “llevar una vida sana y desarrollarse de forma integral de acuerdo con su edad y condiciones especiales.” En la práctica, eso introduce el reconocimiento constitucional del derecho a la alimentación como un derecho humano, básico e irrenunciable.

El Estado, según la propuesta, deberá garantizar y preservar ese derecho a la alimentación; definir políticas y estrategias sustentables de producción, distribución y consumo de alimentos para hacerlo efectivo; y “proveer lo necesario para asegurar su ejercicio.” Además, el texto obliga al Estado a fomentar, proteger y asegurar la producción nacional de alimentos básicos para satisfacer de forma sostenida, en cantidad y calidad, las necesidades alimentarias de la población. Ese fomento y protección debe realizarse “dentro de un marco de respeto a la diversidad cultural y productiva de las comunidades.”

Respecto al agua, la propuesta ya incluía en el artículo que “toda persona tiene el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua potable” y señala que el agua “es un bien de la nación” cuya regulación (uso, protección, sostenibilidad, conservación y explotación) “se regirá por lo que establezca la ley que se creará para estos efectos” y que tendrá prioridad el abastecimiento de agua potable para consumo de las personas y las poblaciones. Sobre el ambiente, se mantiene que la ley determinará responsabilidades y sanciones por los daños que lo afecten.

El derecho y las obligaciones se plantean para “toda persona” y para “la población” del país; la prioridad en el uso del agua es para el abastecimiento de consumo humano. La obligación de promover la producción nacional se orienta a garantizar la autosuficiencia para alimentar a toda la población de forma sostenida.

El proyecto establece que la reforma “rige a partir de su publicación.” En el documento publicado en La Gaceta se consignan los nombres de las y los diputados firmantes y se indica que el proyecto cumplió trámite de revisión de errores formales, materiales y ortotipográficos en el Departamento de Servicios Parlamentarios. La publicación oficial que contiene este texto está disponible en La Gaceta (Imprenta Nacional), vinculada en el aviso oficial.

El texto constitucional propuesto introduce derechos y obligaciones generales, pero no describe en el mismo artículo las políticas concretas, los programas, los requisitos, los presupuestos, los cronogramas ni las sanciones específicas para garantizar el derecho a la alimentación o para proteger la producción nacional. Para asuntos concretos —por ejemplo, cómo se implementarán medidas de fomento, qué criterios regirán la priorización de producción nacional o cómo se articulará la ley sobre el agua mencionada— el texto remite a la actuación futura del Estado mediante leyes y políticas. Por tanto, la efectividad práctica dependerará de normas, políticas y acciones posteriores que el propio artículo encomienda al Estado definir.

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Respaldo oficial

Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion04 de noviembre de 2026
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