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La GacetaSalud03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Aviso: recepción de estatuto para inscripción de la Asociación Alianza Caribe por la Salud

El Registro de Personas Jurídicas ha recibido el estatuto de la entidad llamada “Asociación Alianza Caribe por la Salud” para su inscripción. El documento publicado es un aviso de recepción del estatuto; no afirma en sí la inscripción definitiva, sino que comunica que el trámite está en curso y abierto a reparos.

El aviso indica que la asociación tiene domicilio en Provincia 07 Limón, Cantón 05 Matina. Declara como fines principales, entre otros, contribuir al desarrollo humano integral mediante la promoción de la salud, la educación, la investigación, la innovación social y el fortalecimiento comunitario. Señala que el representante será el presidente Johan Alcides Araya Martínez, con las facultades que le otorga el estatuto.

El texto afirma que la entidad se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939 y sus reformas. Además, el Registro emplaza por 15 días hábiles a partir de “esta publicación” a cualquier interesado para que formule reparos (objeciones) a la inscripción en trámite. Eso significa que terceros pueden presentar reparos durante ese plazo, conforme al procedimiento señalado en la publicación.

La metadata de la publicación en La Gaceta indica la fecha 03/11/2026 (URL de La Gaceta). Por tanto, no puede determinarse con certeza, solo con la evidencia disponible aquí, la fecha exacta en que vence el plazo de 15 días hábiles para presentar reparos.

El aviso incluye la referencia documental: tomo: 2026, asiento: 759031, e identificación (IN202601137147). También aparece la firma o referencia de la Licda. Gabriela Ruiz Ruiz y la indicación “1 vez”.

Por ello, esta explicación solo describe lo que el aviso comunica: recepción del estatuto, los fines declarados, el representante indicado, la apertura de un plazo de 15 días hábiles para formular reparos y las referencias documentales mencionadas. Donde el documento presenta dos fechas distintas, se ha señalado la ambigüedad en lugar de asumir una fecha de inicio del plazo.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion03 de noviembre de 2026
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