Edicto de liquidación de la sociedad RC Contractors Inc: publicación para presentar reclamaciones
El documento que presentó la liquidadora es un “estado final de liquidación” y su extracto dice: “Se hace constar que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ninguna deuda o pasivo, no tiene operaciones o actividad de ninguna naturaleza”.
Quien presentó ese estado final de liquidación ante la notaría es la señora Lluvia Guadalupe Pérez Toro De Colina. La evidencia indica su condición personal y documental: mayor, de nacionalidad panameña, viuda, comerciante, domiciliada en la república de Panamá, Punta Pacífica, con pasaporte vigente N° PA 1224045, y actúa en calidad de liquidador de la sociedad. El edicto fue suscrito por el Lic. Rolando González Calderón, Notario Público, y se identifica con la referencia IN202601137012.
se convoca y emplaza a todas las personas interesadas a comparecer ante la notaría con oficina en Liberia, Guanacaste, en un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. El propósito declarado es que quienes tengan reclamaciones relacionadas con la liquidación de la sociedad las presenten y hagan valer sus derechos dentro de ese plazo.
el plazo es de quince días hábiles desde la publicación del edicto (la publicación consta en La Gaceta; la URL oficial de la publicación se indica en la evidencia). La comparecencia debe ser ante la notaría mencionada (oficina en Liberia, Guanacaste). El edicto no describe trámites, requisitos documentales específicos, ni el procedimiento interno que seguirá la notaría al recibir reclamaciones; esas cuestiones no están en la evidencia y por tanto no pueden detallarse aquí.
el edicto incluye el extracto del estado final que declara ausencia de bienes, deudas y operaciones, pero no aporta documentos que prueben esos extremos ni explica la evaluación que llevó a esa declaración. Sobre esos puntos la evidencia es silenciosa; sólo establece la convocatoria pública y el contenido textual citado del estado final.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
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