Notificación de resolución de la Oficina Local de El Guarco: revocatoria de medida de cuido y retorno con la progenitora
La Oficina Local de El Guarco dictó una resolución, notificada mediante edicto a Diego José Ramírez Araya, en la cual se ordena revocar una "medida de cuido" previa y, en su lugar, ordenar el retorno con la progenitora de las personas menores identificadas como M.C.G.M. y P.V.R.M. El texto oficial indica: “se ordena revocar medida de cuido emitidas y en su lugar se ordena el retorno con progenitora en favor de las personas menores de M.C.G.M. y P.V.R.M.”. El fragmento citado contiene una construcción gramatical incompleta en la evidencia, pero el efecto declarado en el documento es la revocación de la medida de cuido y la orden de retorno con la progenitora a favor de esos dos menores.
Contra esta resolución cabe interponer el recurso de apelación. El plazo para presentar la apelación es de cuarenta y ocho horas contadas desde la publicación de este edicto. La resolución del recurso corresponde a la Presidencia Ejecutiva, según lo indica la misma comunicación.
La persona notificada (Diego José Ramírez Araya) debe señalar un lugar dentro del perímetro de la Oficina Local de El Guarco para recibir futuras notificaciones. Si la persona notificada omite señalar ese lugar, el edicto establece que las resoluciones posteriores se considerarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas.
La comunicación corresponde al expediente administrativo N° OLC-00228-2012 y fue emitida por la Oficina Local El Guarco, con firma del Órgano Director del Procedimiento Administrativo, Licda. Natalie Alvarado Torres.
¿Te resultó útil esta explicación?
Las reacciones muestran opinión de la comunidad; no cambian el contenido ni validan el documento oficial.
Inicia sesión para reaccionar.
Enviar una sugerencia sobre esta publicación
Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
Comentarios (0)
Los comentarios son opiniones de sus autores. No forman parte de la explicación editorial ni sustituyen la fuente oficial.
Inicie sesión para comentar, responder o reportar.
Todavía no hay comentarios visibles. Puede iniciar la conversación.