Edicto: Registro Civil recibió solicitud de matrimonio de Tomas Enrique Carballo Potosme y Esther María Molina Barquero
Se hace saber que el Registro Civil recibió una solicitud para contraer matrimonio presentada por Tomas Enrique Carballo Potosme y por Esther María Molina Barquero, inscrita en el expediente MAT-RC-04647-2026 ante el Departamento Civil, Oficina Regional Puntarenas del Registro Civil. El aviso fue publicado en La Gaceta (ver fuente oficial) y la comunicación interna en el Registro Civil está fechada 16/10/2026.
La decisión comunicada por el Registro Civil es solamente que ha recibido la solicitud de matrimonio; no se dispone en el edicto ninguna resolución final que autorice o rechace el matrimonio. El efecto concreto y operativo del edicto es abrir un plazo para que terceras personas informen sobre impedimentos legales: si alguna persona tiene conocimiento de que existe algún impedimento legal para que ese matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante el Despacho del Registro Civil dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. El edicto no detalla el procedimiento posterior ni las consecuencias de una manifestación: sólo exige presentar la manifestación dentro del plazo indicado.
El edicto identifica el expediente (MAT-RC-04647-2026) y la firma de la Jefatura, Sr. David Antonio Peña Guzmán, según la publicación del Registro Civil —Departamento Civil, Oficina Regional Puntarenas—. En la práctica, este aviso hace público que la solicitud existe y establece el límite de tiempo (ocho días desde la publicación) para que se presenten ante el Despacho objeciones fundadas en impedimentos legales; no se afirma en el edicto que el matrimonio esté autorizado ni inscrito, ni se indican montos, trámites posteriores ni fechas de celebración.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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