Notificación a Alexander Chacón Angulo sobre inicio de Proceso Especial de Protección y medida de orientación, apoyo y seguimiento a la familia
Se le comunica a Alexander Chacón Angulo que, por resolución de este despacho de las catorce horas cuarenta minutos del día veintitrés de setiembre del dos mil veintiséis, se inició un Proceso Especial de Protección y se dictó la Medida de Orientación, Apoyo y Seguimiento a la Familia en beneficio de la persona menor de edad identificada como A.C.M.
Debe señalar un lugar conocido para recibir las notificaciones relacionadas con este procedimiento. Como alternativa, puede señalar un número de facsímil o una dirección de correo electrónico para recibir notificaciones por esos medios. Si no señala ningún lugar, o si el lugar que indique es inexacto, las notificaciones futuras que se practiquen quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. Esta condición es la que la resolución establece para proceder con las comunicaciones cuando no exista una dirección válida indicada por usted.
Contra la presente resolución solo procede el recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución que emitió la resolución. Ese recurso debe interponerse ante el mismo despacho que está notificando, en horas hábiles, de forma verbal o por escrito. El plazo para presentar la apelación es dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto. Si presenta el recurso fuera de ese término, el recurso se declara inadmisible, según lo que establece la resolución.
Se le informa que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho. También se le comunica que puede revisar y estudiar el expediente administrativo relacionado con el caso.
El expediente indicado es el N° OLB-00065-2018, tramitado en la Oficina Local de Barranca. La Representante Legal que firma la comunicación es la Licda. Katherine Vargas Mejía.
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