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La GacetaRegulacion03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación de señalamiento de audiencia y plazo para apelación ante la Presidencia Ejecutiva

La resolución comunica a Reynaldo Salomón López y a Cristian Alondra Vallejos Pérez que se les ha señalado una audiencia relacionada con cuatro personas menores de edad identificadas como N.M.L.V.; A.R.L.V.; R.Y.V.P.; y F.J.L.V. El texto indica la fecha del señalamiento como el veintidós de setiembre del año en curso y contiene una hora escrita así: “catorce ocho horas treinta y cinco minutos del veintidós de setiembre”. Esa redacción es ambigua y la evidencia no permite concluir con seguridad la hora exacta de la audiencia.

Contra esta resolución procede un recurso de apelación que debe presentarse ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad correspondiente. El plazo para interponer ese recurso es de 48 horas contadas desde la notificación de la resolución. Además, las partes afectadas deben señalar un lugar físico o un medio electrónico para recibir notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local que emite la resolución. Si el lugar señalado resulta inexacto o incierto, o si el medio electrónico es ineficaz, las resoluciones posteriores se considerarán notificadas 24 horas después de ser dictadas.

La resolución está registrada como Expediente N° OLG-00012-2022 y fue emitida por la Oficina Local de Guadalupe el 22 de setiembre de 2026. La representante legal que firma la comunicación es la Licda. Alejandra Irene Aguilar Delgado. La fuente oficial indicada es La Gaceta (Imprenta Nacional), con el documento publicado en la edición del 03/11/2026.

la decisión notifica una audiencia para las personas nombradas y establece que, si no están de acuerdo con la resolución, tienen 48 horas desde que les notifiquen para apelar ante la Presidencia Ejecutiva. También deben indicar un domicilio o medio electrónico válido para recibir futuras notificaciones; si ese domicilio o medio no funciona, se considerarán notificadas las resoluciones nuevas 24 horas después de emitidas. Donde el texto presenta una hora redactada de forma confusa, la evidencia no permite precisar la hora exacta de la audiencia.

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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.

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Publicacion03 de noviembre de 2026
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