Notificación de archivo de proceso especial de protección y medida de cuido provisional (Quepos)
Se notifica a la señora Angeri Paola Godínez Camacho que, el 22 de setiembre de 2026 a las once horas, se dictó una resolución de archivo del proceso especial de protección en sede administrativa y de la medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad identificada como I.J.M.G. Esto significa que, según la resolución, el expediente referido quedó archivado en esa etapa administrativa; el texto oficial usa la expresión “resolución de archivo”.
La comunicación indica a quién va dirigida (la señora Angeri Paola Godínez Camacho) y pide que señale un lugar conocido para recibir notificaciones. Ese lugar debe estar dentro de un kilómetro a la redonda de la sede de la Oficina Local de Quepos, que se ubica en Rancho Grande, frente a la plaza de fútbol. Como alternativa para recibir notificaciones, la señora puede señalar número de facsímil (fax) o un correo electrónico.
Contra esta resolución la notificada tiene derecho a interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución que emite la comunicación. Ese recurso debe presentarse ante la Representación Legal de la misma oficina en el plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, según lo indica el documento (se cita el Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia en el texto). El expediente relacionado es el N° OLQ-00089-2021 y la comunicación proviene de la Oficina Local de Quepos, firmada por la Representante Legal Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal.
Si faltara algún dato que usted necesite (por ejemplo, el texto íntegro de la resolución de archivo o la manera exacta en que se practicó la notificación), la evidencia proporcionada no lo incluye; por tanto no es posible precisar esas partes más allá de lo que aquí se transcribe.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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