Presentación notarial para cambiar secretario, fiscal y la cláusula de representación de Inversiones RAU S. A.
La evidencia muestra que el dueño de la totalidad del capital social de la sociedad Inversiones RAU S. A. presentó en una notaría una solicitud para hacer tres cambios: cambiar al secretario, cambiar al fiscal y modificar la cláusula de representación de la sociedad. Eso es lo que registra el documento: una presentación formal ante notario solicitando esas modificaciones en la sociedad.
El acto consta mediante la escritura número setenta y nueve, visible al folio setenta y cinco vuelto del tomo dieciocho. La presentación ante la notaría ocurrió “a las trece horas del veintiocho de octubre del año dos mil veintiséis”. Separadamente, la nota que aparece en la Gaceta indica la fecha y la hora “a las trece horas y cincuenta y tres minutos del día veintiocho del mes de octubre del año dos mil veintiséis”. El documento notarial está firmado por la Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notario Público, y aparece registrada con el código IN202601136662.
Afecta directamente a la sociedad Inversiones RAU S. A. y a las personas que ocupan o vayan a ocupar los cargos de secretario y fiscal, además de la forma en que la sociedad será representada si la modificación de la cláusula se acepta e inscribe. En la práctica, lo que se hizo en esta actuación fue presentar la solicitud ante notario; el documento no muestra que los cambios ya estén aceptados por autoridades registrales ni que hayan producido efectos legales definitivos.
La evidencia solo prueba la presentación notarial de la solicitud. Por tanto, no puede concluirse a partir de este documento que los cargos hayan sido efectivamente reemplazados ni que la cláusula modificada tenga vigencia legal. Cuando el texto presenta horas distintas (trece horas en la escritura y trece horas y cincuenta y tres minutos en la anotación), la evidencia solo muestra ambas indicaciones; no permite concluir que corresponden exactamente al mismo acto o momento.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
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