Solicitud de registro de marca Nº 2026-0013441 para productos textiles y prendas de vestir
Se publica la solicitud de inscripción como marca de fábrica presentada por Lesbia de los Ángeles Ramírez Arguedas. La solicitud pretende registrar un signo (tal y como aparece en la solicitud) para proteger y distinguir productos en las clases internacionales 24 y 25. La publicación aparece en La Gaceta con fecha relacionada al trámite.
La solicitante pide proteger, bajo una misma marca, productos de dos clases:
manteles de materiales textiles; cortinas de materiales textiles; caminos de mesa de materiales textiles; manteles individuales de materiales textiles; colchas (incluidas las acolchadas) de materiales textiles; fundas de almohada; y fundas decorativas de materiales textiles para cojines y almohadones (incluidas las acolchadas).
prendas de vestir en general y, de forma explícita, delantales, blusas, pantalones, faldas, pijamas y camisetas.
La solicitud indica una reserva expresando que "el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud" (según el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978). Además, el documento cita el artículo 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos indicando: “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”. En la práctica esto significa que la protección reclamada se refiere al signo concreto registrado y no a elementos del signo que sean de uso común o necesarios en el comercio, según la ley citada.
Se cita a terceros interesados para que, si consideran que tienen derechos que proteger, los defiendan ante este Registro. El plazo para que terceros presenten oposición es de dos meses contados a partir de la primera publicación de este edicto. En el documento se registran fechas del trámite: la solicitud fue presentada el 22 de octubre de 2026 y la fecha consignada en el documento es 28 de octubre de 2026. La publicación oficial está disponible en La Gaceta (Imprenta Nacional), con referencia de publicación fechada el 03/11/2026 en el enlace provisto por la fuente.
El texto del edicto aclara la forma concreta en que se protege el signo (tal como aparece en la solicitud) y recuerda la limitación establecida por el artículo citado sobre etiquetas compuestas: no se amplía la protección a elementos del conjunto que sean de uso común o necesario en el comercio. La autoridad registradora que firma el edicto es Richard Valerin Castro, Registrador, y se incluye el código de trámite (IN202601136603).
Mientras no venza el plazo de dos meses desde la primera publicación, otras personas o empresas que crean tener derechos anteriores sobre la misma marca o respecto de productos iguales o similares pueden presentar oposición ante el Registro. Si nadie se opone dentro del plazo y la solicitud cumple los requisitos legales posteriores, el procedimiento puede seguir hacia la inscripción definitiva según lo previsto en la normativa; el edicto no declara ya inscrita la marca ni informa resoluciones posteriores. La fuente oficial de esta información es La Gaceta (Imprenta Nacional).
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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