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La GacetaRegulacion03 de noviembre de 2026Explicación ciudadana

Notificación de solicitud de matrimonio recibida por el Registro Civil (Expediente MAT-RC-04831-2026)

El Registro Civil publicó un edicto que comunica que recibió una solicitud para contraer matrimonio entre dos personas. El edicto notifica la solicitud y pide que, si alguien conoce algún impedimento legal para que el matrimonio se celebre, lo manifieste ante el despacho del Registro Civil dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto.

Las personas que hicieron la solicitud son Neyzer José Gaitán Brenes y Gloriana Cordero Ramírez.

Si alguna persona tiene conocimiento de la existencia de algún impedimento legal para que ese matrimonio se lleve a cabo, debe manifestarlo ante el despacho del Registro Civil dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. El edicto no especifica en su texto cómo debe formularse la manifestación ni a qué oficina concreta se debe dirigir la presentación más allá de decir “ante este Despacho”; el documento sí registra que el trámite corresponde al Departamento Civil, Oficina Regional Sarapiquí.

El expediente referido es MAT-RC-04831-2026, tramitado en el Registro Civil, Departamento Civil, Oficina Regional Sarapiquí, con fecha indicada en el edicto como 26/10/2026. La Jefatura que firma el edicto es la Sra. Estefanía Castro Guevara. La versión de esta publicación proviene de La Gaceta; la referencia oficial asociada en la evidencia es la publicación en La Gaceta con fecha 03/11/2026 según la fuente citada. Por prudencia, la cuenta del plazo de ocho días se inicia “a partir de la publicación de este edicto”; la fecha 03/11/2026 corresponde a la publicación en La Gaceta que acompaña la evidencia, y no aparece dentro del texto literal del edicto.

El edicto comunica la recepción de la solicitud y llama a manifestar impedimentos dentro del plazo señalado. Donde el edicto omite instrucciones concretas (por ejemplo, forma de presentar la impugnación), no se infiere ninguna regla adicional: el documento solo establece la convocatoria pública y el plazo citado.

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Publicacion03 de noviembre de 2026
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