Notificación de varias resoluciones y concesión de audiencia por tres días hábiles a dos personas en Puerto Viejo, Sarapiquí (Heredia)
La Gaceta publica una notificación dirigida a dos personas identificadas como Carlos Francisco Madriz Mora y José Alfonso Quiñones Angulo, ambos señalados como “nicaragüense, único dato conocido”. El documento comunica que a esas personas se les notifican varias resoluciones administrativas fechadas en 2026: la resolución de las 23:10 del 9 de agosto del año dos mil veintiséis; la de las 16:00 del 26 de agosto del año dos mil veintiséis; la de las 9:20 del 7 de setiembre del año dos mil veintiséis; y la de las 14:00 del 21 de setiembre del año dos mil veintiséis. En relación con esas resoluciones, la notificación les confiere audiencia por un plazo de tres días hábiles. Durante ese plazo, pueden presentar los alegatos que consideren de su interés y ofrecer las pruebas que estimen necesarias.
La notificación explícita que las personas tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y por técnicos de su elección. También se les informa del derecho a consultar el expediente administrativo en días y horas hábiles en la oficina local señalada. El expediente queda a disposición en la oficina local de Puerto Viejo, distrito Sarapiquí, provincia de Heredia, frente a la antigua oficina de Migración y Extranjería. Para fotocopiar el expediente administrativo se indica un horario específico: de siete horas treinta minutos hasta las dieciséis horas en días hábiles.
El documento identifica al firmante como Lic. Luis Emilio Navarrete Ruiz, Representante Legal, e incluye la referencia del expediente como Exp. OLSAR-00354-2025 y la referencia ( IN202601136586 ). La fuente de esta notificación es La Gaceta, publicada por la Imprenta Nacional (URL incluida en la evidencia).
el documento usa la frase “único dato conocido” junto al dato de nacionalidad de cada persona. Esa mención sugiere que la notificación solo contiene ese dato identificador en la publicación, pero no permite concluir si existen otros datos (como dirección o número de cédula) ni si la notificación se intentó por otros medios. Por tanto, no es posible confirmar desde esta evidencia cómo se localizó a las personas ni si la notificación cumple otros requisitos fuera de lo publicado. Además, la notificación lista las resoluciones con fechas y horas concretas pero no reproduce el contenido sustantivo de esas resoluciones; la prueba disponible únicamente informa que esas resoluciones existen y que se les concede audiencia respecto de ellas.
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Este artículo explica una publicacion del Diario Oficial La Gaceta. La referencia juridica y documental primaria sigue siendo la Imprenta Nacional.
Documento oficial
La informacion fue detectada en el sitio oficial de Imprenta Nacional. Para lectura completa, consulte el documento original.
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